Agua Potable Urbano

Se rige de acuerdo a la Ley Nº 18.778 y la Ley Nº 19.949 Chile Solidario (CHS). La Municipalidad cancela parte de la cuenta del servicio del beneficiario a la empresa sanitaria. Los niveles de consumo a subsidiar fluctúan entre los 0 a los 15 m3. El beneficio para las familias CHS cubre el 100% del costo de un consumo hasta un 15 m3.

Consultas:

Este trámite es frecuente. Por ello, debe acercarse a la DIDECO, para hacer las consultas pertinentes.

Lugar donde debe dirigirse:

1º piso, edificio Administración, Calle Manuel Señoret N° 361, en la Dirección de Desarrollo Comunitario. Dicho trámite se realiza de forma presencial.

Requisitos:

  • Cédula de identidad del o la jefa de familia.
  • Boleta de agua (pagada y sin arrastrar morosidad).
  • Registro Social de Hogares en el domicilio al que se postula.