De acuerdo a la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones LGUC y OGUC), así como lo dispuesto por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM), la principal función de la Directora de Obras Municipales, cada mes, es la recepción, revisión y aprobación de los expedientes de proyectos de edificación, regularización de obras iniciadas y/o ejecutadas sin permisos previos, recepción definitiva de edificación, permisos de subdivisión, fusión, loteos y todo los que procedan y correspondan.
Cuyas resoluciones de aprobación y recepción edificación, cada mes, por ley, son remitidos por los dos funcionarios de atención de público a:
Siendo las demandas más habituales, asimilables a consultas en el caso de la DOM, las solicitudes y emisión de certificados de:
Emisión de giros de pago por concepto de ingreso de residuos al vertedero, de acuerdo a boletines mensuales remitidos por la Unidad del Medioambiente y emisión de giros por concepto de pago de derechos certificados, permisos, entre otros.
Informes semanales de la Directora, de las factibilidades de acoger las actividades económicas que presentan y remite la Unidad de Rentas y Patentes (art 57º y 58º LGUC)
Atención a solicitudes de otras Unidades Municipales, por parte de la Directora, principalmente de Transparencia, Jurídico, Seplan, etc.