Katherine Burgos Vega
Email: secretariamunicipal@muninatales.cl
Teléfono: 61 2 209505
Dirección: Carlos Bories N°398
OFICINA DE CONCEJALES:
Funcionaria: Eva Sierra
Email:asistente.concejales@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209510
DEPARTAMENTO DE OFICINA DE PARTES:
DECRETOS ALCALDICIOS, DECRETOS SIAPER:
Funcionario: Granni Gallardo Gallardo
Email: decretosalcaldicios@muninatales.cl decretossiaper@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209501
Oficios:
Funcionario: Antonella Zuñiga
Email: oficios@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209501
PARTES:
Funcionario: Freddy Torres
Email: partes@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209501
SECCIÓN DE TRANSPARENCIA (ACTIVA Y PASIVA)
OFICINA DE TRANSPARENCIA PASIVA:
Funcionario: GRANNI GALLARDO GALLARDO
Email: transparencia@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209501
OFICINA DE TRANSPARENCIA ACTIVA:
Funcionario: ANTONELLA ZUÑIGA
Email: transparencia.activa@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209501
OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES
Funcionario: LUZ TORRES CHIGUAY
Email: secmu.organizaciones@muninatales.cl
Teléfono: (61) 2209568
Tiene como misión dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde(esa) y del Concejo, y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales que le designe la ley.
Las FUNCIONES son:
1- Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación con la constitución y funcionamiento del Concejo, debiendo:
2 – Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitaria, sen especial, proceder al registro de la personalidad jurídica de las organizaciones que se circunscriben en la Comuna de Natales, según Ley Nº 19.418.
3 – Cumplir con las funciones que le asigna la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
4 – Remitir acuerdos del Concejo y mantener un archivo de tal documentación.
5 – Cumplir con las funciones que le asigna la Ley Nº 18.700, Ley Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.
6 -Certificar las demás actuaciones municipales que establezca la ley cuando le sean solicitadas.
7 – Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación vigente.
ESTRUCTURA INTERNA:
1.- OFICINA DE CONCEJALES:
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Coordinar las actividades y agenda de los Concejales(as).
2. Cumplir funciones administrativas, en la oficina de los concejales(as), coordinando sus audiencias, reuniones, actividades municipales y trámite de sus cometidos funcionales.
3. Citar y coordinar las comisiones permanentes y especiales del Concejo Municipal, llevando un registro de asistencia y un acta con lo tratado en cada comisión.
4. Apoyar designado como asistente técnico de los Concejales en la Plataforma del Lobby, para registrar sus audiencias, viajes y donativos (Ley N°, 20.730).
5. Colaborar y apoyar en la Declaración de Patrimonio e Intereses de los Concejales(as), colaborando en cumplimiento de plazos y de orientación requerida.
6. Acompañar a los Concejales -en la medida que sea requerido y necesario- a las distintas actividades y visitas en terreno.
7. Realizar las demás funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, en conformidad a la naturaleza de sus funciones y dentro del marco legal.
2.- DEPARTAMENTO DE OFICINA DE PARTES:
2.1.- DECRETOS ALCALDICIOS, DECRETOS SIAPER 2.2.- OFICIOS
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad, así como ser una unidad receptora, de derivación y entrega de información del Municipio al público, según la normativa municipal. Las funciones a su cargo son:
1. Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia recibida.
2. Mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la Municipalidad.
3. Mantener en forma electrónica los originales de los decretos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones.
4. Distribuir copias de Decretos Alcaldicios y oficios, reglamentos, ordenanzas, órdenes de servicio, circulares y otros a quienes corresponda.
5. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación vigente.
2.3.- PARTES:
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Garantizar el derecho de los ciudadanos a informarse, reclamar y sugerir acerca de los servicios que otorga el Municipio. Las funciones a su cargo son:
2. Facilitar el acceso a los usuarios(as) a la información sobre el funcionamiento y servicios otorgados por el Municipio.
3. Recibir y dar tramitación a las sugerencias, felicitaciones y presentaciones y reclamos que formule la ciudadanía local, según el procedimiento que establece la Ordenanza de Participación Ciudadana.
4. Establecer coordinación con otras unidades con el fin de optimizar la calidad de atención a las personas.
5. Gestionar respuesta oportuna y formal al usuario/a cuando proceda.
6. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación vigente.
2.4.- SECCIÓN DE TRANSPARENCIA (ACTIVA Y PASIVA)
Tiene como misión cumplir con las funciones que le asigna la Ley Nº 20.285, de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la administración del Estado, en lo que respecta a transparencia pasiva y activa.
2.4.1.- OFICINA DE TRANSPARENCIA PASIVA:
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Contribuir al conocimiento e interés comunitario por los derechos conferidos a las personas sobre acceso a la información pública de aquellas solicitudes formuladas por escrito, en forma presencial o por sitios electrónicos.
2. Controlar pro-activamente todos los procesos necesarios para garantizar el mejoramiento de los servicios municipales y el derecho de las personas de solicitar y acceder a información pública que obre en poder de la Municipalidad.
3. Mantener a disposición del público formularios de solicitud de información pasiva, orientando en las diversas solicitudes que efectúe el público, relativas a información municipal, o de su competencia, remitiendo a las diversas Direcciones requeridas las solicitudes de información que recepcionen, efectuando el seguimiento de las respuestas y la posterior publicación o envío de la misma al solicitante.
4. Revisar diariamente la casilla electrónica de transparencia, recepcionando las diversas solicitudes de información que efectúe el público, derivando posteriormente a cada Dirección municipal para que emita la respuesta conformidad a sus competencias.
5. Derivar a quien corresponda, aquellas solicitudes de información que no sean de competencia del Municipio.
6. Realizar el seguimiento de las respuestas a las solicitudes de información recibidas por el municipio.
2.4.2.- OFICINA DE TRANSPARENCIA ACTIVA:
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Coordinar la recolección y publicación mensual de información de Transparencia Activa que le corresponde a la Municipalidad en conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 20.285. Lo anterior aplicando normativa de Instrucciones Generales sobre Transparencia Activa, del Consejo para la Transparencia; lo estipulado en Reglamento de Transparencia de la Municipalidad de Natales vigente, y el Oficio Nº 431 de fecha 31 de Enero de 2014 del Consejo para la Transparencia, que precisa en el ámbito municipal el modo de cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa establecidas en la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General del Consejo para la Transparencia sobre la materia y requiere su cumplimiento.
2. Mantener de forma actualizada a disposición permanente del público, a través del sitio electrónico pertinente información relativa a los actos y documentos que hubieren sido dictados por el propio municipio y otros estipulados en la Ley Nº 20.285, a saber la estructura orgánica del Municipio; las facultades, funciones y atribuciones de cada una de las Direcciones o Unidades internas del municipio; el marco normativo que le sea aplicable; la planta de personal y el personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones; contrataciones para el suministro de bienes muebles, para la prestación de servicios, para la ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso; transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales, sin que éstas o aquéllas realicen una contraprestación recíproca en bienes o servicios; los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros; dar a conocer los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano; señalar el diseño, montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución.
2.5.- OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
1. Llevar el registro público de las organizaciones comunitarias y uniones comunales constituidas en la Comuna, donde conste su constitución, modificaciones estatutarias y la disolución de éstas. Lo anterior en conformidad a lo establecido en la Ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
2. Remitir al Registro Civil, documentación revisada, relativa a la constitución de las organizaciones comunitarias, como asimismo la reforma de sus estatutos, en conformidad a la Ley 19.418.
3. Certificar el depósito del acta constitutiva de las organizaciones comunitarias, en conformidad a la Ley.
4. Preparar y entregar certificados de vigencia de las organizaciones comunitarias al momento de su constitución.
5. Cumplir con las funciones de recepción, revisión y derivación a Servicio de Registro Civil e Identificación, de la documentación relativa a la constitución y vigencia de Fundaciones y Corporaciones según lo establecido en la Ley N°20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
2.6.- SECCIÓN DE ARCHIVO MUNICIPAL:
1. Guardar y custodiar registros numerados correlativamente de Decretos Alcaldicios, Ordenanzas, Reglamentos, oficios y documentación oficial de la Municipalidad, consignándolos por materia, en forma lógica y ordenada conforme a pautas establecidas.
2. Entregar copia, cuando se le solicite, de los decretos alcaldicios y anexos que mantenga bajo su custodia.