ALCALDÍA
Artículo 8º: Alcaldía tiene como misión colaborar directamente con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de la Alcaldía. Las funciones su cargo son:
Información de Contacto:
Teléfono: 612209504
Correo Electrónico: secretaria@muninatales.cl
OFICINA DE SECRETARIA DE ALCALDÍA:
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que
desarrolla el(la) Alcalde(sa).
Sus FUNCIONES son:
1. Revisar y agendar las invitaciones del Alcalde(sa).
2. Revisar el protocolo de las actividades municipales, a cargo de la Alcaldía.
3. Revisar las peticiones de la ciudadanía que sean de resolución exclusiva de la
Autoridad comunal.
4. Elaborar, los oficios que le solicite directamente la autoridad alcaldicia.
5. Elaborar las instrucciones del Alcalde(sa).
6. Elaborar la agenda diaria de las actividades del Alcalde(sa).
7. Cumplir la función de GESTOR TÉCNICO de la Plataforma Ley del Lobby.
8. Dar curso a la documentación que requiera V°B° del Alcalde(sa).
9. Solicitar información de interés general a todas las dependencias municipales
e instituciones públicas.
10. Apoyar y asistir al Alcalde(sa) en las reuniones y actividades en que participe
la autoridad comunal.
11. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Nombre: Bastián Vergara Barrientos
Cargo: Jefe de gabinete
Email: gabinete.bvergara@muninatales.cl
Dirección: Acaldia
OFICINA DE GABINETE:
Tiene como misión colaborar directamente con el(la) Alcalde(sa) en las tareas de
coordinación, gestión y ejecución de las actividades que desarrolla el municipio
con la ciudadanía en el territorio.
Las FUNCIONES son:
1. Coordinar con las demás unidades municipales, el desarrollo, de las actividades
de la municipalidad.
2. Asesorar a la comunidad en iniciativas que estimulen las capacidades de los
actores de base territorial y fomentar la participación ciudadana.
3. Coordinar, con las demás unidades, el desarrollo de ceremonias y eventos en
que participe la municipalidad.
6. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Nombre: Gaston Umaña Naiviat
Cargo:
Tipo Contrato:
Email: comunicaciones.gumana@muninatales.cl
Teléfono: 612209587
Tiene como misión promover y difundir las actividades municipales en los
diferentes canales de comunicaciones.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Asesorar a la Municipalidad en materias de entrevistas, comunicados y
boletines de prensa y de su difusión.
2. Asesorar sobre el uso de las nuevas tecnologías de la información y
comunicación.
3. Mantener permanentemente informados y garantizar la participación y el interés
de la ciudadanía, en los temas relacionados al desarrollo de las estrategias que
impulsa el Municipio desde el ámbito Comunal.
4. Informar sobre la presencia de la Municipalidad en los distintos medios de
comunicación.
5. Difundir a la comunidad las actividades que desarrolle el Municipio a través de
los medios de comunicación social (escrito y radial)
6. Coordinar las conferencias de prensa y entrevistas que deba realizar la máxima
autoridad comunal, el Concejo Municipal y las diversas unidades municipales.
7. Velar por que la permanente actualización del sitio web Municipal.
8. Asesorar en la imagen corporativa de la Municipalidad.
9. Difundir, las acciones y actividades que realiza el municipio para conocimiento
de los funcionarios(as) municipales y la comunidad en general.
10. Servir de nexo con los medios de comunicación para todo tipo de actividades
Municipales.
11. Dar a conocer y difundir a la comunidad en general, las fechas de los distintos
trámites municipales establecidos en el calendario institucional.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Teléfono: 612209504
Correo Electrónico: secretaria@muninatales.cl
OFICINA DE PRO-SECRETARIA DE ALCALDÍA:
Tiene como misión colaborar con la Secretaria de alcaldía en la coordinación de la
labor administrativa de funcionamiento de la gestión diaria que desarrolla el(la)
Alcalde(sa) y las demás funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de
conformidad a la legislación vigente.
Email: administradormunicipal@muninatales.cl
Teléfono: 612209585
ARTÍCULO 10° EL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Tiene como misión ser COLABORADOR DIRECTO DEL ALCALDE(SA) en las
TAREAS DE
COORDINACIÓN Y GESTIÓN PERMANENTE DEL MUNICIPIO, y en la
ELABORACIÓN Y
SEGUIMIENTO del PLAN ANUAL DE ACCIÓN MUNICIPAL y EJERCER LAS
ATRIBUCIONES que señale el reglamento municipal y las que le delegue el(la)
Alcalde(sa),
siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Colaborar con el Alcalde(sa) en el desarrollo de las competencias
organizacionales y motivacionales necesarias para el trabajo colaborativo
municipal acorde a los lineamientos estratégicos de la institución.
2. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las
políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la
gestión del Municipio.
3. Liderar el Comité de Innovación y Mejora Municipal.
4. Velar por el seguimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal
(PMG), en conjunto con el Comité Técnico de Metas.
5. Citar a reuniones que propendan al buen funcionamiento institucional.
6. Coordinar las acciones para el cumplimiento de las funciones de la estructura
organizacional y los futuros cambios y ajustes que ésta, requiera.
7. Elaborar, proponer y programar, en coordinación con otras unidades
municipales, los gastos de inversión en la Municipalidad y los gastos de operación.
8. Llevar estadísticas de las materias de su competencia.
9. Informar periódicamente al Alcalde(sa) y a la Dirección de Planificación del
cumplimiento de las metas del PMG.
10. Supervigilar el uso y buen estado de los bienes de la Municipalidad.
11. Mantener atención permanente para el buen estado de las oficinas
municipales.
12. Dirigir, coordinar y supervisar la acción de rondines de las dependencias
municipales.
13. Coordinar, con el Encargado de Emergencias, las acciones Municipales en
dicha materia.
14. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Email: administracion@muninatales.cl
Teléfono: +56 61 2209579
OFICINA DE SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN:
Tiene como misión apoyar y colaborar en todas las tareas administrativas que son
de competencia del Administrador Municipal.
Las FUNCIONES son:
1. Redactar y despachar, para su tramitación oficios, comunicaciones internas,
comunicados, correos electrónicos u otros de similar naturaleza.
2. Coordinar la agenda y reuniones del Administrador.
3. Citar a reuniones de equipo.
4. Sistematizar la información.
5. Preparar la documentación y presentación en las reuniones que sostenga el
Administrador.
6. Recepcionar los decretos de pago, decretos alcaldicios y cualquier otra
documentación que requiera la firma o el V°B° del Administrador.
7. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Cargo: Directora de Recursos Humanos
Email: directora.rrhh@muninatales.cl
Teléfono: 612209530
ARTÍCULO 11o LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Tiene como misión la gestión de personas, promoviendo la valorización personal y
laboral de quienes mantienen un vínculo contractual directo con el Municipio.
Las FUNCIONES son:
1. Asesorar al Alcalde(sa) en la gestión de personas.
2. Proponer y ejecutar, según corresponda, las políticas generales de gestión de
personas.
3. Administrar, Gestionar y Mantener actualizados los registros de los(as)
funcionarios(as), tales como: contrataciones, nombramientos, calificaciones,
promociones, escalafones, medidas disciplinarias, permisos administrativos,
feriados, capacitaciones, licencias médicas, encuestas y diagnósticos.
4. Velar por el cumplimiento de la LEY No 20.088 sobre PROBIDAD EN LA
FUNCIÓN PÚBLICA Y PREVENCIÓN DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES.
5. Redactar los contratos y decretos alcaldicios aprobatorios, del personal que se
desempeña en Programas Comunitarios, de Programas Externos, Honorarios a
Suma Alzada, así como el personal de Código del Trabajo.
6. Efectuar la tramitación administrativa de las resoluciones finales de los sumarios
e investigaciones sumarias de la Municipalidad, y el registro de estos actos,
velando por el cumplimiento de los plazos de estas actuaciones.
7. Elaborar los decretos alcaldicios de nombramiento del personal de planta y a
contrata.
8. Dirigir el proceso de evaluación del desempeño del personal municipal y de
Calificaciones de los funcionarios, actuando como Ministro de Fe y Secretario(a)
de la Junta Calificadora (Artículo 42 Estatuto Administrativo para Funcionarios
Municipales).
9. Preparar y actualizar los ESCALAFONES del personal, manteniendo al día los
registros correspondientes, según lo acordado en la respectiva Junta Calificadora.
8. Implementar y fiscalizar los sistemas para el control de la asistencia y el
cumplimiento del horario de trabajo del personal municipal.
11. Elaborar oportunamente los ascensos, declaraciones de vacancia,
destituciones, fallecimientos, renuncias, sanciones y permisos sin goce de sueldo.
12. Elaborar renovaciones y nuevas contrataciones de personal de cualquier
calidad jurídica; notificando las renovaciones del personal a contrata.
13. Decretar previamente, la autorización de realización de HORAS
EXTRAORDINARIAS, en conformidad a REGLAMENTO O MANUAL DE
PROCEDIMIENTO respectivo.
14. Informar a la autoridad las INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS del personal.
15. Coordinar la elaboración e implementación de la POLÍTICA DE RECURSOS
HUMANOS y documentos asociados.
16. Proponer la POLÍTICA ANUAL DE CAPACITACIÓN para el personal.
17. Gestionar la implementación del PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS
PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO.
18. Realizar la INDUCCIÓN a los NUEVOS FUNCIONARIOS(AS) que se
incorporan al Municipio, con la finalidad de entregar las normativas internas,
información de la organización y los procesos de la Municipalidad para facilitar el
proceso de adaptación.
19. Planificar y ejecutar ACCIONES DE BIENESTAR conforme a las normativas
vigentes.
20. Coordinar el procedimiento administrativo interno de los ALUMNOS DE
PRÁCTICAS profesionales y pasantías académicas con las distintas casas de
estudios.
21. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne, de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que Desarrolla el(la) Director (a) de Recursos Humanos.
1. Elaborar los oficios que le soliciten directamente a la Dirección.
2. Elaborar las comunicaciones internas que el Director (a) le designe.
3. Elaborar la agenda diaria de las actividades del Director (a).
4. Cumplir la función de tomar acta de las reuniones de equipo.
5. Subir actas y registro documental a la planilla del Programa de Mejoramiento de
la Gestión.
6. Dar curso a la documentación que requiera V°B°.
7. Solicitar información de interés general a todas las dependencias municipales e
instituciones públicas.
8. Reunirinformación y confeccionar oficio para responder solicitudes de
transparencia u otra solicitud que tenga relación al personal.
9. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
1. Realizar el reporte mensual de la asistencia del personal.
2. Tramitar las desvinculaciones/cesación del personal.
3. Gestionar los decretos relacionados a la compensación horaria, asignaciones
familiares, bienios, subrogaciones, comisiones de servicios, nombramientos, entre
otros.
4. Tramitar las autorizaciones de horas extraordinarias del personal municipal.
5. Apoyar en el proceso de calificaciones del personal.
6. Realizar la tramitación de contratación del personal municipal, prestadores de
servicios, honorarios a suma alzada y códigos del trabajo.
7. Mantener actualizado los registros (carpetas) de todo el personal.
8. Tramitar solicitudes de permisos administrativos, compensatorios, permisos
especiales y feriados legales.
9. Las demás tareas específicas que le encomiende su Superior Jerárquico, en el
ejercicio de sus funciones y dentro del marco legal.
1. Realizar la tramitación de la contratación de los PRESTADORES(AS) DE
SERVICIOS DE PROGRAMAS POR CONVENIOS EXTERNOS.
2. Efectuar el reporte mensual de la asistencia del personal de programas
externos.
3.Gestionar las desvinculaciones y renuncias del personal de convenios externos.
4. Tramitar solicitudes de permisos administrativos, permisos especiales y
beneficios que consideren los distintos convenios.
5. Realizar las renovaciones de convenios, tramitaciones de resoluciones y
decretos.
6. Establecer la coordinación directa con las unidades técnicas y Dirección de
Administración y Finanzas, para la oportuna recepción de la documentación de los
distintos convenios celebrados con los organismos públicos.
Tiene como misión contribuir al mejoramiento de la calidad de vida del afiliado(a) y
de su grupo familiar, proporcionándole atención integral y oportuna en las materias
que son de su competencia.
Las FUNCIONES son:
1. Elaborar, implementar y evaluar programas y proyectos específicos, que
respondan, por una parte, a las necesidades e intereses de los(as) afiliados(as).
2. Gestionar de manera oportuna, la entrega de los beneficios a los afiliados(as).
3. Percibir los distintos recursos con que se financian las prestaciones de
Bienestar.
4. Gestionar el pago de los compromisos contraídos por los(as) afiliados(as) al
Servicio de Bienestar.
5. Representar al COMITÉ DE BIENESTAR en la negociación de convenios con
instituciones públicas, privadas y empresas, con el objeto de mejorar el nivel de
atención y de prestaciones que se otorguen a sus afiliados en materias de salud,
educación, cultura, recreación, vivienda, previsión, asesorías legales y otros.
6. Difundir entre los(as) afiliados(as) al Servicio de Bienestar, los distintos
beneficios que éste entrega y los convenios disponibles.
7. Establecer mecanismos administrativos/contables eficientes y transparentes,
para la gestión del Servicio de Bienestar, rendir cuenta y mantener informado cada
vez que el COMITÉ DE BIENESTAR lo precise.
8. Mantener actualizados los beneficios y prestaciones que el COMITÉ DE
BIENESTAR.
9. Presentar al COMITÉ DE BIENESTAR proyectos y programas sociales que
beneficien a los afiliados, señalando su costo y posibles fuentes de financiamiento.
10. Atender debida y oportunamente a los(as) afiliados(as) al Comité,
recepcionando sus problemas e inquietudes.
11. Elaborar, entregar y someter a la aprobación del Comité a más tardar la
segunda semana de agosto de cada año, el presupuesto del Comité de Bienestar
del año siguiente.
12. Presentar en Asamblea General Ordinaria del Comité, una vez al año, la
cuenta de la administración, funcionamiento, balance del año anterior y
presupuesto para el año en ejercicio.
13. Mantener un sistema de registro de cada afiliado y sus cargas familiares si las
tiene y beneficios a los que ha postulado y resolución otorgada a estos
requerimientos.
14. Mantener el registro de las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias
del Comité y de la Asamblea.
15. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tendrá bajo su dependencia a la Sección de prevención de riesgos y una
secretaria de apoyo administrativo.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla el Departamento de Bienestar Municipal.
FUNCIONES:
1. Apoyar labores administrativas del Departamento de Bienestar, en todo lo
relacionado en materia que tiene relación con el Servicio de Bienestar.
2. Registrar, legajar y archivar documentos.
3. Revisar, redactar y elaborar oficios dirigidos a la Dirección de Finanzas para la
cancelación de prestaciones médicas, bonos y convenios vigentes de los afiliados
al Bienestar.
4. Coordinar con el Organismo Administrador, Cesfam, Instituciones en convenio,
operativos de Prevención de Salud para los funcionarios (as) de la Municipalidad
de Natales.
5. Llevar registro en las diferentes actividades coordinadas por el Departamento
de Bienestar.
6. Confeccionar convenios y decretos alcaldicios correspondientes.
7. Confección, registro y entrega de vales a funcionarios (as) para la atención
dental, oftalmológica, comercios asociados, según convenios vigentes, etc.
8. Llevar registro de los convenios e informar a Remuneraciones por correo
electrónico los valores a descontar de la compra realizada por el afiliado de
Bienestar, para efecto de proceder al descuento por planilla de sueldo.
9. Realizar las demás funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, en
conformidad a la naturaleza de sus funciones y dentro del marco legal vigente.
Es una unidad municipal encargada de PLANIFICAR, ORGANIZAR, EJECUTAR y
SUPERVISAR medidas para prevenir accidentes laborales y enfermedades
profesionales, a cargo de un profesional en Prevención de Riesgos.
Su objetivo principal es GARANTIZAR la SEGURIDAD y SALUD de los
funcionarios(as) en el entorno laboral municipal.
Tiene como función la implementación de medidas tendientes a la prevención de
accidentes laborales y enfermedades profesionales de todos los funcionarios
municipales.
FUNCIONES:
1. Planificar y organizar medidas preventivas, además de elaborar e implementar
planes de emergencia, programas de prevención y control de riesgos de
accidentes y enfermedades profesionales.
2. Asesorar en temas de seguridad e higiene, así como proponer, implementar y
supervisar normas de higiene y seguridad en los espacios de trabajo.
3. Supervisar el cumplimiento de normativas y supervisar la correcta ubicación e
instalación de implementos de seguridad y emergencia.
4. Trabajar directamente con el Organismo Administrador, velando por la correcta
aplicación de medidas de prevención sugeridas por estos organismos.
5. Planificar y gestionar la realización de talleres y cursos de capacitación,
relacionados con la prevención de riesgos y enfermedades profesionales.
6. Reconocer y evaluar riesgos de accidentes o enfermedades profesionales en
las diferentes unidades municipales.
7. Coordinar con el Departamento de Bienestar acciones educativas de prevención
de riesgos en beneficio de los funcionarios.
8. Mantener actualizados los registros de información y evaluación estadística de
los eventuales accidentes de trabajo.
9. Velar por el adecuado funcionamiento del COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD, y trabajar mancomunadamente en la prevención de accidentes y
enfermedades laborales, además de asesorar técnicamente en todos los aspectos
relacionados con la prevención de riesgos y la capacitación.
10. Elaborar, actualizar y difundir el Reglamento Interno de Orden, Higiene y
Seguridad, en aquellos aspectos relacionados con las medidas de prevención de
riesgos.
Tiene como misión cumplir con el pago de las remuneraciones y de las
cotizaciones previsionales del personal Municipal.
Las FUNCIONES son:
1. Calcular y registrar las remuneraciones del personal.
2. Confeccionar las planillas de remuneraciones del personal de acuerdo a las
normas legales vigentes, y considerando las variaciones derivadas de
nombramientos, ascensos, renuncias o vacancias, atrasos, inasistencias, multas,
reconocimiento de cargas familiares, licencias médicas, retenciones y descuentos.
3. Confeccionar las planillas de cotizaciones previsionales, descuentos varios y
emisión de cheques respectivos.
4. Realizar la declaración de impuestos de retención anual ante la oficina del
Servicio de Impuestos Internos.
5. Confeccionar y enviar la estadística mensual de las remuneraciones al Instituto
Nacional de Estadísticas.
6. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Cargo: Directora de Secretaria Municipal
Email: secretariamunicipal@muninatales.cl
Teléfono: 612209505
DIRECCIÓN DE SECRETARÍA MUNICIPAL
ARTÍCULO 12° SECRETARÍA MUNICIPAL
Tiene como misión dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del
Alcalde(sa) y del Concejo, y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las
actuaciones municipales que le designe la ley.
Las FUNCIONES son:
1. Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades, en relación con la constitución y
funcionamiento del Concejo, debiendo:
– Efectuar las citaciones al Concejo cuando sea requerido.
– Preparar todos los antecedentes y proporcionarlos oportunamente a los
Concejales conforme a los temas fijados en la Tabla de Sesiones.
– Elaborar las Actas del Concejo, llevar un registro correlativo de ellas y
mantenerlas en custodia.
2. Cumplir las funciones que le asigna la Ley No 19.418, sobre juntas de vecinos y
demás organizaciones comunitarias.
3. Proceder al registro de la personalidad jurídica de las organizaciones que se
circunscriben en la Comuna de Natales, según Ley No 19.418.
4. Cumplir con las funciones que le asigna la Ley No 19.862, sobre registro de
personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
5. Cumplir con las funciones que le asigna la Ley No 20.500 sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
6. Cumplir con las funciones que le asigna la Ley No 18.700, Ley Orgánica
Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.
7. Cumplir la función de Gestor técnico de la Plataforma Ley del Lobby del
Concejo Municipal.
8. Transcribir las resoluciones del Alcalde, acuerdos del Concejo, velar por su
cumplimiento y mantener un archivo de tal documentación.
9. Certificar las deudas por concepto de patentes, derechos y tasas municipales
para efectos de su cobro judicial, como también deudas incobrables para que se
castiguen de acuerdo con el ARTÍCULO 67 del D.L. N° 3063.
10. Certificar las demás actuaciones municipales que establezca la ley cuando le
sean solicitadas.
11. Dirigir y coordinar las labores de los AUXILIARES ESTAFETAS que posea la
municipalidad.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Cuya función es apoyar a la Secretaria Municipal en preparar los asuntos del
Concejo Municipal, Consejo de Seguridad Pública y Consejo de la Sociedad Civil
(Cosoc), ejerciendo las tareas propias de coordinación de los tres cuerpos
colegiados, como asimismo elaborar las actas.
Las FUNCIONES son:
1. Cumplir funciones de apoyo a la Secretaria Municipal, en las labores de la
Secretaría Administrativa del Concejo Municipal.
2. Preparar el proyecto de la Tabla que se tratarán en las sesiones de Concejo
Municipal y COSOC; y los antecedentes.
3. Redactar y enviar a las unidades los acuerdos que adopte el Concejo municipal
4. Realizar el levantamiento y registro de las Actas del Consejo de Seguridad
Pública, de acuerdo a lo que estipula la Ley N°20.695.
5. Tomar acta de las sesiones de Concejo y en las reuniones de trabajo que no
sean permanentes.
6. Realizar tareas de seguimiento al Diagnóstico Nacional y Calidad de la Gestión
Municipal SUBDERE.
7. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
1. Coordinar las actividades y agenda de los Concejales(as).
2. Cumplir funciones administrativas, en la oficina de los concejales(as),
coordinando sus audiencias, reuniones, actividades municipales y trámite de sus
cometidos funcionales.
3. Citar y coordinar las comisiones permanentes y especiales del Concejo
Municipal, llevando un registro de asistencia y un acta con lo tratado en cada
comisión.
4. Apoyar designado como asistente técnico de los Concejales en la Plataforma
del Lobby, para registrar sus audiencias, viajes y donativos (Ley N°, 20.730).
5. Colaborar y apoyar en la Declaración de Patrimonio e Intereses de los
Concejales(as), colaborando en cumplimiento de plazos y de orientación
requerida.
6. Acompañar a los Concejales(as) -en la medida que sea requerido y necesario- a
las distintas actividades y visitas en terreno.
7. Realizar las demás funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, en
conformidad a la naturaleza de sus funciones y dentro del marco legal.
Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de la documentación
que ingresa y egresa de la Municipalidad, así como ser una unidad receptora, de
derivación y entrega de información del Municipio al público, según la normativa
municipal. Las funciones a su cargo
son:
1. Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la
correspondencia recibida.
2. Mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por
la Municipalidad.
3. Mantener en forma electrónica los originales de los decretos, reglamentos,
ordenanzas y resoluciones.
4. Distribuir copias de Decretos Alcaldicios y oficios, reglamentos, ordenanzas,
órdenes de servicio, circulares y otros a quienes corresponda.
5. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de
conformidad a la legislación vigente.
1. Guardar y custodiar registros numerados correlativamente de Decretos
Alcaldicios, Ordenanzas, Reglamentos, oficios y documentación oficial de la
Municipalidad, consignándolos por materia, en forma lógica y ordenada conforme
a pautas establecidas.
2. Entregar copia, cuando se le solicite, de los decretos alcaldicios y anexos que
mantenga bajo su custodia.
1. Llevar el registro público de las organizaciones comunitarias y uniones
comunales constituidas en la Comuna, donde conste su constitución,
modificaciones estatutarias y la disolución de éstas. Lo anterior en conformidad a
lo establecido en la Ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones
Comunitarias.
2. Remitir al Registro Civil, documentación revisada, relativa a la constitución de
las organizaciones comunitarias, como asimismo la reforma de sus estatutos, en
conformidad a la Ley 19.418.
3. Certificar el depósito del acta constitutiva de las organizaciones comunitarias,
en conformidad a la Ley.
4. Preparar y entregar certificados de vigencia de las organizaciones comunitarias
al momento de su constitución.
5. Cumplir con las funciones de recepción, revisión y derivación a Servicio de
Registro Civil e Identificación, de la documentación relativa a la constitución y
vigencia de Fundaciones y Corporaciones según lo establecido en la Ley N°20.500
sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
1. Garantizar el derecho de los ciudadanos a informarse, reclamar y sugerir acerca
de los servicios que otorga el Municipio. Las funciones a su cargo son:
2. Facilitar el acceso a los usuarios(as) a la información sobre el funcionamiento y
servicios otorgados por el Municipio.
3. Recibir y dar tramitación a las sugerencias, felicitaciones y presentaciones y
reclamos que formule la ciudadanía local, según el procedimiento que establece la
Ordenanza de Participación Ciudadana.
4. Establecer coordinación con otras unidades con el fin de optimizar la calidad de
atención a las personas.
5. Gestionar respuesta oportuna y formal al usuario/a cuando proceda.
6. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de
conformidad a la legislación vigente.
DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
Tiene como misión asegurar la continuidad operacional de los sistemas
computacionales, velando por la seguridad, confiabilidad y confidencialidad de la
información registrada en las distintas bases de datos de carácter informático, en
la digitalización municipal y gobierno electrónico. Las funciones a su cargo son:
1. Elaborar, implementar, controlar y mantener actualizado el Plan Informático y el
catálogo de servicios para las distintas Direcciones del Municipio.
2. Llevar adelante el proceso de digitalización y gobierno electrónico de la
municipalidad.
3. Realizar mantención periódica tanto de hardware como software de los equipos
computacionales de responsabilidad municipal, según el programa anual de
mantención.
4. Administrar y velar por el cumplimiento de las políticas de seguridad para la
asignación y mantención de claves de los sistemas informáticos en el ámbito
municipal, así como los correos electrónicos institucionales.
5. Elaborar y ejecutar procedimientos de seguridad de los sistemas de redes del
Municipio por medio de una adecuada administración de firewall, permitiendo
analizar y detectar posibles vulnerabilidades y ataques al interior de la red
Municipal.
6. Desarrollar e implementar políticas de respaldos para la información registrada
en los sistemas informáticos y en los servidores de propiedad de la Municipalidad,
debiendo velar, además, por el cumplimiento de los planes de contingencia ante
catástrofes e incidentes.
7. Evaluar las necesidades de equipamiento y renovación por obsolescencia
tecnológica, de los equipos computacionales para las diferentes Direcciones,
asesorando en la adquisición de hardware y software según requerimientos
municipales.
8. Mantener el inventario técnico de los elementos computacionales del Municipio
y elaborar informes sobre materias específicas relacionadas con sus funciones.
9. Proponer y ejecutar acciones tendientes a la capacitación y a la información
actualizada de los usuarios en materias informáticos – computacionales.
10. Asesorar en términos informáticos a todas las unidades que deban subir
información en las plataformas gubernamentales, así como alimentar las
plataformas que sean de su competencia en las formas que lo indiquen las leyes
específicas.
11. Apoyar y entregar las herramientas necesarias, para la publicación relativa a
transparencia activa y pasiva, que asegure el cumplimiento de la ley N° 20.285,
relativa al acceso a la Información Pública.
12. Evaluar plataformas tecnológicas e implementar sistemas informáticos, como
herramientas para el apoyo a una gestión municipal moderna, permitiendo la
sistematización digital de aquellas actividades que hoy en día se llevan en forma
manual y poder generar base de datos para la toma de decisión.
13. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación y normativa vigente.
Tiene como misión cumplir con las funciones que le asigna la Ley No 20.285, de
transparencia de la función pública y de acceso a la información de la
administración del Estado, en lo que respecta a transparencia pasiva y activa.
1. Contribuir al conocimiento e interés comunitario por los derechos conferidos a
las personas sobre acceso a la información pública de aquellas solicitudes
formuladas por escrito, en forma presencial o por sitios electrónicos.
2. Controlar proactivamente todos los procesos necesarios para garantizar el
mejoramiento de los servicios municipales y el derecho de las personas de
solicitar y acceder a información pública que obre en poder de la Municipalidad.
3. Mantener a disposición del público formularios de solicitud de información
pasiva, orientando en las diversas solicitudes que efectúe el público, relativas a
información municipal, o de su competencia, remitiendo a las diversas Direcciones
requeridas las solicitudes de información que recepcionen, efectuando el
seguimiento de las respuestas y la posterior publicación o envío de la misma al
solicitante.
4. Revisar diariamente la casilla electrónica de transparencia, recepcionando las
diversas solicitudes de información que efectúe el público, derivando
posteriormente a cada Dirección municipal para que emita la respuesta pertinente
de conformidad a sus competencias.
5. Derivar a quien corresponda, aquellas solicitudes de información que no sean
de competencia del Municipio.
6. Realizar el seguimiento de las respuestas a las solicitudes de información
recibidas por el municipio.
1. Coordinar la recolección y publicación mensual de información de
Transparencia Activa que le corresponde a la Municipalidad en conformidad a lo
establecido en el artículo 7 de la Ley 20.285. Lo anterior aplicando normativa de
Instrucciones Generales sobre Transparencia Activa, del Consejo para la
Transparencia; lo estipulado en Reglamento de Transparencia de la Municipalidad
de Natales vigente, y el Oficio No 431 de fecha 31 de Enero de 2014 del Consejo
para la Transparencia, que precisa en el ámbito municipal el modo de
cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa establecidas en la Ley
de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General del Consejo para la
Transparencia sobre la materia y requiere su cumplimiento.
2. Mantener de forma actualizada a disposición permanente del público, a través
del sitio electrónico pertinente información relativa a los actos y documentos que
hubieren sido dictados por el propio municipio y otros estipulados en la Ley No
20.285, a saber la estructura orgánica del Municipio; las facultades, funciones y
atribuciones de cada una de las Direcciones o Unidades internas del municipio; el
marco normativo que le sea aplicable; la planta de personal y el personal a
contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones; contrataciones
para el suministro de bienes muebles, para la prestación de servicios, para la
ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones
de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con
indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales
de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso; transferencias de fondos
públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas
jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales, sin
que éstas o aquéllas realicen una contraprestación recíproca en bienes o
servicios; los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros; dar a
conocer los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso
a los servicios que preste el respectivo órgano; señalar el diseño, montos
asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que
entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los
programas sociales en ejecución.
Información de Contacto:
Nombre: Hanz Curamil Aniñir
Cargo: Director de Asesoría Jurídica
Email: asesorjuridico@muninatales.cl
Teléfono: +56 61 2209526
ARTÍCULO 13° LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
Tiene como misión garantizar la legalidad de la actuación de la Municipalidad,
prestando apoyo, asesoría y acompañamiento legal sobre cuestiones procesales
de naturaleza jurídica, así como emitir pronunciamiento sobre consultas en
materia de derecho. Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Iniciar los juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés, a
requerimiento del(la) Alcalde(sa).
2. Prestar asesoría jurídica o defensa de la comunidad, cuando el Alcalde(sa) se lo
solicite.
3. Informar en derecho todos los asuntos legales que el Concejo y las unidades
municipales le planteen, manteniendo un archivo actualizado, para lo cual deberá
considerar la jurisprudencia de la Contraloría General de la República y de los
Tribunales de Justicia.
4. Orientar a las unidades municipales respecto de las nuevas disposiciones
legales y reglamentarias pertinentes.
5. Mantener al día los títulos de los bienes municipales.
6. Efectuar y/o dirigir las investigaciones y sumarios administrativos cuando el(la)
Alcalde(sa) le ordene.
7. Revisar las ordenanzas, reglamentos, convenios y contratos que sean
requeridos por la autoridad edilicia.
8. Mantener el archivo de las ordenanzas y reglamentos dictados por la
Municipalidad.
9. Realizar las gestiones necesarias para llevar a efecto expropiaciones de bienes
inmuebles.
10. Participar en la elaboración de las bases para la realización de las subastas
públicas.
11. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de
conformidad a la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección; y mantener el registro de los títulos de
los bienes municipales y comodatos existentes.
Informar en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades
municipales le planteen y orientarlas periódicamente respecto de las disposiciones
legales y reglamentarias.
Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde(sa), en todos aquellos
juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse
también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el
alcalde(sa) así lo determine.
Tendrá la función de dirigir y efectuar los procesos disciplinarios que ordene la
máxima autoridad comunal, velando por la correcta tramitación de los
procedimientos disciplinarios del Municipio, llevar un registro actualizado de los
sumarios administrativos e investigaciones sumarias y orientar las actuaciones de
investigadores y fiscales.
Tiene como función revisar las bases de licitación que sean de su competencia;
revisar y redactar contratos; revisar y redactar convenios que suscriba el municipio
en sus diversas áreas.
Realizar las tareas de coordinación y gestión de las funciones de la letra j) del
artículo 4°, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el
seguimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública y ejercerá las funciones que
le delegue el Alcalde(sa), siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su
función.
Tendrá las siguientes FUNCIONES:
a) Asesorar al alcalde o alcaldesa en la elaboración del Plan Comunal de
Seguridad Publica; y colaborar en la ejecución y evaluación de aquel que resulte
aprobado.
b) Llevar a cabo las acciones o medidas que correspondan en forma directa, o
bien, a través de convenios celebrados con órganos públicos o privados, en
materia de seguridad pública.
c) Socializar el Plan Intercomunal de Seguridad Pública.
d) Establecer relaciones de coordinación con Carabineros de Chile, Policía de
Investigaciones, Armada de Chile, Gendarmería y otras organizaciones públicas y
privadas, para definir estrategias y acciones conjuntas que propendan a mantener
un adecuado nivel de seguridad de la comuna.
e) Promover mecanismos de coordinación permanente entre las instituciones que
se relacionan directa o indirectamente con esta materia.
f) Ejecutar las decisiones que adopte el Consejo Intercomunal de Seguridad
Pública.
g) Elaborar planes, minutas, programas o acciones destinadas a realizar un
trabajo disuasivo y comunitario en materia de prevención del delito en la comuna.
h) Administrar y supervigilar el Sistema de cámaras y tele vigilancia de la comuna.
i) Coordinar y realizar las acciones necesarias para implementar Seguridad
Ciudadana en la comuna.
j) Generar y proponer programas, proyectos o acciones municipales relacionadas
con la Seguridad Publica.
k) Implementar actividades de promoción y prevención en la Comuna.
l) Crear redes de interacción con la comunidad, como juntas de vecinos, centros
de apoderados, clubes deportivos, entre otros.
m) Desarrollar trabajos de difusión y Promoción de medidas de auto cuidado,
fomentando el desarrollo de acciones coordinadas con la con la comunidad, con el
objeto de realizar tareas conjuntas con la Prevención. (reuniones, fomento a la
denuncia, Conversatorios, Campañas y otros)
n) Confeccionar un catastro de sectores de riesgo en la comuna y definir
estrategias para mejorar los índices de seguridad en ellos.
o) Las demás tareas específicas que le encomiende su Superior Jerárquico, en el
ejercicio de sus funciones y dentro del marco legal.
Las FUNCIONES del personal de la central de televigilancia son las siguientes:
1. Monitorear las cámaras de Televigilancia Municipal.
2. Reportar acontecimientos desarrollados en sus turnos.
3. Identificar factores de riesgo en los puntos y/o alrededores donde se encuentren
ubicadas las cámaras de televigilancia.
4. Identificar fallas en el sistema de monitoreo e informar a la Unidad de Seguridad
ciudadana.
5. Confeccionar registros e informes relacionados con las funciones realizadas.
6. Desempeñar labores coordinadamente con Carabineros de Chile, Policía de
Investigaciones, Ministerio Público y Tribunales de Justicia.
7. Monitorear, captar y grabar imágenes el sistema de Videovigilancia
Las FUNCIONES del patrullaje preventivo son las siguientes:
1. Encargados de ejecutar las rondas preventivas.
2. Generar vínculos y confianzas con los vecinos de la comuna.
3. Acudir a los llamados de emergencia que lo requieran.
4. Recoger y reportar información sobre los factores de riesgo sociales y
situacionales presentes en el territorio.
5. Mantener contacto, generar vínculos y confianzas con la comunidad.
6. Promover instancias de encuentro, diálogo y participación con la comunidad en
materias de seguridad ciudadana.
7. Mantener contacto permanente con las policías y otros servicios afines.
8. Velar por las condiciones de higiene del vehículo y los insumos materiales para
el desarrollo de actividades, estando disponibles para el desarrollo de cada ronda
preventiva.
9. Entregar información y orientación respecto de la oferta de servicios
municipales.
10. Fiscalizar el buen uso del mobiliario urbano ubicado en los bienes nacionales
de uso público.
11. Captar, registrar, fiscalizar, remitir a las instancias correspondientes, las
irregularidades detectadas en el territorio respecto del cumplimiento de las
ordenanzas municipales.
12. Cumplir con la normativa pública y municipal respecto del uso de vehículos
fiscales.
13. Cumplir de manera proactiva las tareas, instrucciones, recorridos y patrullajes
asignados.
Nombre: Marco Oñate Fernández
Cargo: Director de Control
Email: director.control@muninatales.cl
Teléfono: 612209594
ARTÍCULO 14° LA DIRECCIÓN DE CONTROL
La Dirección de Control tiene dependencia directa de la primera autoridad de la
comuna, cumple con las funciones que le encarga la legislación vigente, y tiene el
carácter de asesor de la primera autoridad comunal y del Concejo municipal.
Depende técnicamente de la Contraloría General de la República. La Unidad de
Control, tiene como objetivo general, brindar apoyo permanente a las funciones de
la Municipalidad, velando por la eficiencia, eficacia, legalidad y economicidad en el
cumplimiento de sus fines y objetivos establecidos, en cuanto a la legalidad y
oportunidad de las actuaciones del servicio.
FUNCIONES:
1. Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de
fiscalizar la legalidad y eficiencia de su actuación. ARTÍCULO 29 LETRA A) LEY
18.695.
2. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal. ARTÍCULO 29
LETRA b) LEY 18.695.
3. Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de
ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible.
Dicha representación deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes a aquel
en que la unidad de control haya tomado conocimiento de los actos. Si el
Alcalde(sa) no tomare medidas administrativas con el objeto de enmendar el acto
representado, la unidad de control deberá remitir dicha información a la
Contraloría General de la República. ARTÍCULO 29 LETRA c) LEY 18.695.
4. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones
fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado
de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo, deberá informar,
también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por
concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los
trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal,
administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones
municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común
Municipal, En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o
peticiones de informes que le formule un(a) Concejal (a). ARTÍCULO 29 LETRA d)
LEY 18695.
5. Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que
aquél puede requerir en virtud de la Ley No 18.695 Orgánica Constitucional de
Municipalidades. ARTÍCULO 29 LETRA E) LEY 18.695.
6. Realizar, con la periodicidad que determine el Reglamento Interno del Concejo,
una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus
miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones
que le competen Artículo 29 letra f) Ley N°18.695.
7. Efectuar controles permanentes y sistemáticos a las unidades operativas y
administrativas, en lo referente a control documental interno y revisión de los
compromisos establecidos.
8. Suscribir el ACTA DE TRASPASO DE GESTIÓN que debe preparar el alcalde
al término de su mandato. ARTÍCULO 67 INCISO 4 LEY 18.695.
9. Fiscalizar a las Corporaciones Municipales, Fundaciones y Asociaciones
Municipales, respecto del uso y destino de aportes municipales que les sean
entregados, pudiendo disponer de toda la información que requiera para tal efecto.
ARTÍCULO 135 LEY 18.695.
10. Fiscalizar las corporaciones creadas al amparo del DFL N° 1-3063, de 1980.
ARTÍCULO 136 INCISO SEGUNDO LEY 18.695.
11. Atender los requerimientos que le formule la Contraloría General de la
República, de la que depende técnicamente.
12. Efectuar verificaciones sobre los bienes municipales, y que se cuente con los
mecanismos de control que aseguren su existencia.
13. Verificar y controlar la legitimidad y legalidad de las actuaciones municipales
en el cumplimiento de los objetivos, planes y programas, tomando en
consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de La República
y las disposiciones legales vigentes.
14. Velar por la observancia de las normas sobre Transparencia Activa del Título
III de la LEY 20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la
Información. ARTÍCULO 9, LEY 20.285
15. Velar por la observancia de las normas establecidas en TÍTULO III sobre la
probidad administrativa. ARTÍCULO N°61, LEY N°18.575.
16. Cumplir con otras funciones que la legislación vigente o la autoridad superior le
encomiende.
1. Representar al alcalde los actos municipales, cuando los estime ilegales, para lo
cual tendrá acceso a toda la documentación pertinente disponible.
2. Instruir a las distintas unidades municipales acerca de los procedimientos y
reglas vigentes a los cuales deben atenerse los actos administrativos que se
ejecuten.
3. La identificación, evaluación, levantamiento y actualización de los procesos
críticos municipales o confección de una matriz de riesgo con la finalidad que la
Dirección de Control cuente con una herramienta que le permita guiar y
fundamentar su plan anual de auditoría y actividades de control.
4. Elaborar, proponer y ejecutar el plan de auditoría de gestión, operativas y
financieras del año presupuestario respectivo, plan que será sometido a
aprobación de la Autoridad máxima.
5. Mantener un registro de observaciones detectadas en las auditorías.
6. Realizar a requerimiento del Director o sus superiores auditorías a las diferentes
unidades municipales, con el objeto de verificar la legalidad de su actuación,
confiabilidad de la información.
7. Preparar los antecedentes de su competencia para la evaluación de la
ejecución presupuestaria municipal, a objeto de que el Director informe
trimestralmente al concejo de los déficits que advierta en el presupuesto, de
acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 81 DE LA LEY 18.695.
8. Efectuar controles de gestión, operativos y financieros aleatorios y de aquellos
que formen parte del Programa Anual de Auditoría, a las unidades operativas y
administrativas del municipio.
9. Revisar de manera preventiva o posterior, todo acto municipal de contenido
patrimonial SUPERIOR A 500 UTM, bajo esta cuantía se deberá efectuar
controles aleatorios a los procesos de compra según lo estipulado en plan anual
de auditorías.
10. Cumplir con otras funciones que la legislación vigente o la autoridad superior le
encomiende.
1. Controlar desde el punto de vista contable y presupuestario, los ingresos y
egresos municipales.
2. Examinar la documentación que sustenta los egresos, verificando la legalidad,
autenticidad y exactitud de las operaciones.
3. Revisar que los registros contables se ajusten a la normativa sobre
administración financiera del Estado, Contabilidad Gubernamental e instrucciones
emanadas de la Contraloría General de la República.
4. Revisar las rendiciones de cuenta de los aportes entregados a través de
subvenciones municipales y de fondos globales internos, con el fin de verificar el
cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron entregados y la legalidad de
la documentación sustentatoria.
5. Mantener un registro actualizado de las instituciones subvencionadas, públicas
y privadas, y de los fondos globales internos, con el estado de sus respectivas
rendiciones de cuenta.
6. Validar mediante procesos de controles, las metas institucionales y colectivas
contenidas en el Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal,
7- Revisar el informe de cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la gestión
para presentar al Concejo Municipal.
8. Mantener un registro actualizado de los contratos de suministros y concesiones
suscritos con terceros.
9. Fiscalizar en terreno el cumplimiento del control de contratos de servicios y
concesiones.
10. Gestionar con las unidades correspondientes, las observaciones efectuadas
por la Contraloría General de la República, en sus pre-informes de fiscalización,
informes finales e informes de seguimiento, y preparar las respuestas a dicho
organismo.
11. Proponer mejoras en procesos transversales para optimizar la gestión de sus
resultados en forma global y asesorar a las unidades municipales en lo relativo al
control operativo interno, administrativo y de gestión.
12. Cumplir con otras funciones que la legislación vigente o la autoridad superior le
encomiende.
Cargo: Directora de Obras
Email: dom@muninatales.cl
Teléfono: 612209517
ARTÍCULO 15° LA DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
Tiene como misión velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las
ordenanzas correspondientes. Las funciones a su cargo son:
1. Dar cumplimiento a las siguientes ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS:
a) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de
predios en las áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales en caso de
aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
b) Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y
edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que
éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo con la Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
c) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
d) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas
cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo con la Ley General de Urbanismo
y Construcciones.
2. Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las
disposiciones legales y técnicas que las rijan.
3. Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y
urbanización.
4. Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y
edificación realizadas en la comuna.
5. Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse
sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a
petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y Telecomunicaciones
o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva.
6. Aprobar, observar o rechazar los informes de mitigación de impacto vial o emitir
opinión sobre ellos, a petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y
Telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y
Construcciones.
7. Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
8. Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean
ejecutadas directamente o a través de terceros.
9. Aprobar, modificar y materializar los planes de inversiones en infraestructura de
movilidad y espacio público.
10. Recaudar, administrar y ejecutar, en una cuenta especial y separada del resto
del presupuesto municipal, los aportes al espacio público que se perciban, de
conformidad a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, y suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables
que regula el mismo cuerpo legal.
11. Aprobar, observar o rechazar las solicitudes de materializar los aportes al
espacio público que contempla la Ley General de Urbanismo y Construcciones a
través de la ejecución de estudios, proyectos, obras y medidas de acuerdo a lo
que dispone el mismo cuerpo legal.
12. Efectuar el giro de los derechos municipales que correspondan a los permisos
y servicios otorgados por la Dirección de Obras Municipales.
13. Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula la instalación de
locales comerciales, playas de estacionamiento, centros de enseñanza, hoteles,
restaurantes, y otros.
14. Fiscalizar el cumplimiento de las Ordenanzas Locales que se encuentren
vigentes por el municipio de Natales, como lo son la Ordenanza de B.N.U.P.,
Ordenanza sobre normas ambientales para la extracción, procesamiento,
comercialización y transporte de áridos, en conjunto con otras unidades y
direcciones del municipio.
15. Emitir los informes sobre uso del suelo y sobre otros aspectos técnicos
relativos a la construcción y urbanización necesarios para el otorgamiento de
patentes, permisos y concesiones de bienes.
16. Pronunciarnos para concesiones marítimas de acuerdo a solicitudes de
información por parte del Gobierno Regional.
17. Gestionar y coordinar con el Concejo Municipal la asignación de nombre a
nuevas vías.
18. Autorizar la ejecución de la actividad económica en inmuebles, de acuerdo al
Plan Regulador y a las normas legales pertinentes.
19. Solicitar dentro de las solicitudes de permisos y recepciones las calificaciones
de actividad ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud para las actividades
dispuestas por ley.
20. Elaborar informe de inhabilidad de vivienda siniestrada solicitada por
particulares, previo informe de bomberos.
21. Informar mensualmente al Instituto Nacional de Estadística y al Convenio de
Servicios de Impuestos Internos sobre los permisos de edificación, recepciones
definitivas, resoluciones, subdivisiones, fusiones, y loteos aprobados por la
Dirección de Obras.
22. Notificar o infraccionar toda falta a la normativa legal relacionada con la
materia establecida en la Ley y Ordenanza General de Construcciones.
23. Formalizar acta de entrega de terreno a través del respectivo documento.
24. En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la
comuna.
25. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
1. Revisión profesional de los expedientes de obras ingresadas (anteproyectos,
obras nuevas, permisos de ampliación, modificación de proyectos, obras menores,
instalaciones de faenas, permisos de demolición, certificación de instalación de
antenas y otros), emisión de actas de observaciones, rechazo o aprobación, según
corresponda, relacionados con viviendas unifamiliares y/o equipamientos que no
están acogidos a copropiedad inmobiliaria, en cumplimiento de la normativa
vigente.
2. Revisión profesional de los expedientes de fusiones, subdivisiones y
modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión
urbana, o rurales en caso de aplicación del artículo 55 de la Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
3. Revisar y despachar los expedientes de solicitudes de cambio de destino y
emitir los informes correspondientes.
4. Atender y fiscalizar el ingreso oficial de expedientes o solicitudes de permisos
de edificaciones relacionadas con el Departamento de Altura y/o Copropiedad
Inmobiliaria y con el Departamento de Servicios Públicos, Infraestructura, Vivienda
y Equipamiento, y de sus Obras Preliminares.
5. Atender todo tipo de consultas formuladas por el público, sean verbales o por
escrito, dando respuesta a las de carácter técnico, e informando de la tramitación
de las solicitudes ingresadas.
6. Estudiar normativas sobre edificación y proponer su incorporación al texto de la
Ordenanza y Ley General de Urbanismo y Construcciones, y Ordenanza Local de
la Comuna, manteniendo actualizada dicha normativa.
7. Revisar las solicitudes para acoger los edificios a la Ley de Copropiedad
Inmobiliaria.
8. Revisar las solicitudes de recepción definitiva, de obras nuevas y obras
menores.
9. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
1. Catastrar viviendas que se encuentren sin recepciones, las cuales se deben
incorporar a la base del SII.
2. Responder mediante oficios las consultas de propiedades del SII
3. Enviar mensualmente la información de Permisos y Recepciones
4. Registro interno de roles y sus modificaciones.
5. Presentar Solicitudes de Modificación al Catastro de Bienes Raíces.
6. Solicitar el envío de la información del SII a un domicilio postal.
7. Solicitar revisión de los datos de terreno o suelo.
8. Solicitar revisión de los datos de construcción.
9. Solicitar la tasación de una obra nueva y/o ampliación.
10. Solicitar la eliminación de un bien raíz.
11. Solicitar cambio de serie de un bien raíz.
12. Las demás tareas específicas que le encomiende su Superior Jerárquico, en el
ejercicio de sus funciones y dentro del marco legal.
1. Mantener el catastro actualizado de los ingresos de solicitudes de permisos
relacionados a las ordenanzas vigentes como de Áridos y B.N.U.P.
2. Realizar reuniones de coordinación y trabajo colaborativo entre direcciones para
la aprobación, observación o rechazo de solicitudes.
3. Fiscalizar el cumplimiento de las Ordenanzas Locales que se encuentren
vigentes por el municipio de Natales, como lo son la Ordenanza de B.N.U.P.,
Ordenanza sobre normas ambientales para la extracción, procesamiento,
comercialización y transporte de áridos, en conjunto con otras unidades y
direcciones del municipio.
4. Otras funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, dentro de sus
funciones y marco legal.
1. Ingresar y resolver las solicitudes de visitas de Inspección, productos de
reclamos relacionados con la construcción de obras en ejecución.
2. Remitir informes sobre las denuncias efectuadas por contribuyentes al J.P.L. y
dar el seguimiento correspondiente.
3. Dar respuesta a requerimientos de Contraloría General de la Republica sobre
denuncias o permisos y recepciones mal otorgados.
4. Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las
disposiciones legales y técnicas que las rijan.
5. Otras funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, dentro de sus
funciones y marco legal.
1. Atender público, recibiendo las solicitudes que requieran el pronunciamiento en
materia de obras.
2. Realizar la admisibilidad de expedientes (la lista de chequeo), para determinar
si los expedientes vienen con la documentación mínima para realizar su ingreso.
3. Despachar las respuestas de aprobación, rechazo u observaciones de los
expedientes.
4. Informar de manera mensual al Instituto Nacional de Estadística y al Convenio
de Servicios de Impuestos Internos sobre los permisos de edificación, recepciones
definitivas, resoluciones, subdivisiones, fusiones, y loteos aprobados por la
Dirección de Obras.
5. Dar las audiencias con la Directora de Obras, o su Subrogante.
6. Mantener al día, el catastro con todos los permisos y recepciones de la comuna
de Natales.
7. Mantener el archivo computarizado, vaciando al sistema el ingreso de todos los
antecedentes, solicitudes y expedientes del Departamento, así como mantener al
día la información de las tramitaciones.
8. Emitir giros de cobros de derechos municipales de los permisos de edificación.
9. Emitir los certificados de la Dirección de Obras.
10. Archivar los expedientes de permisos de edificación, ordenados por Dirección,
año y número del permiso.
11. Realizar los desarchivos y otorgar copia de planos y antecedentes a
propietarios o personas debidamente autorizadas.
12. Entrega de los permisos de edificación a los contribuyentes.
13. Otras funciones que le encomiende su Superior Jerárquico, dentro de sus
funciones y marco legal.
Los Inspectores Técnicos de Obras (I.T.O.) corresponden al profesional, definido
por la Ley General de Urbanismo y Construcciones que tiene como
responsabilidad supervisar que las obras de una edificación se ejecuten de
acuerdo con las normas de construcción aplicables y al permiso de edificación
aprobado y sus modificaciones. El Inspector de Obras tiene como misión y
competencias subrogar el cargo de Director(a) de Obras, cuando corresponda y,
en lo principal, sus funciones permanentes serán, dirigir e inspeccionar
técnicamente las construcciones que se ejecuten en la Comuna, en conformidad
con la normativa vigente, cuando así lo indiquen las disposiciones legales y/o el
decreto correspondiente. Apoyado, si fuere el caso, por otros profesionales,
contratados específicamente para el cumplimiento de las FUNCIONES que se
indican:
1. Fiscalizar el cumplimiento de los contratos de las obras licitadas, principalmente
que éstas se inicien con el debido permiso de edificación normativo de la
Direcciónde Obras y que, a su término, se solicite la recepción definitiva de éste; lo
cual faculta a la Autoridad para hacer entrega al uso y ocupación las nuevas
edificaciones y/o recintos públicos intervenidos con ampliaciones y mejoramientos.
2. Fiscalizar la ejecución de las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de
las disposiciones legales y técnicas que la rijan.
3. Gestionar ante la Dirección Jurídica y/o de Control la visación del contrato,
decreto que lo aprueba y decretos de modificaciones de obras respectivas.
4. Ejercer el control administrativo de la obra adjudicada y la debida coordinación
entre las partes.
5. Gestionar con otras unidades municipales, como Dirección de Planificación y
Dirección de Finanzas, según corresponda, materias inherentes a la obra.
6. Gestionar con otros servicios o entidades públicas materias inherentes a la
obra, si fuere el caso.
7. Gestionar el trámite de recepción provisoria de la obra, verificando el buen
término y cumplimiento del contrato, realizando un informe técnico.
8. Gestionar el nombramiento de la comisión de recepción provisoria, la cual
realizará las observaciones respectivas si las hubiere y calificación del contratista.
9. Formalizar la recepción de la obra mediante acta de recepción provisoria y el
Decreto Alcaldicio que lo aprueba.
10. Visar los estados de pago según avance físico de la obra, que le presenten los
contratistas y gestionar su tramitación ante el Mandante.
11. Gestionar la recepción definitiva de la obra, que faculta la liquidación del
contrato entre las partes una vez transcurrido el plazo de garantía señalado en las
bases, lo cual se formaliza mediante el acta respectiva de recepción definitiva,
aprobada por Decreto Alcaldicio.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Nombre: Daniel Ruiz Zincker
Email: director.secplan@muninatales.cl
Teléfono: 612209585
ARTÍCULO 16° LA DIRECCIÓN DE SECRETARÍA COMUNAL DE
PLANIFICACIÓN
Tiene como misión desempeñar funciones de asesoría del Alcalde(sa) y del
Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de
ambos órganos municipales. Las funciones a su cargo son:
1. Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde(sa) y del concejo en la
formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes,
programas y proyectos de desarrollo de la comuna; Elaborar y gestionar proyectos
de Infraestructura urbana y rural de la Comuna.
2. Asesorar al Alcalde(sa) en la elaboración de los proyectos de plan comunal de
desarrollo y de presupuesto municipal; Elaborar toda la información necesaria para
la confección del Plan de Desarrollo Comunal, los programa y proyectos
municipales.
3. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones, plan
de desarrollo comunal y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias
al concejo, a lo menos semestralmente. Informar al Alcalde(sa), Concejo Municipal
y Unidades Municipales, según corresponda, de aquellos Proyectos que obtengan
financiamiento.
4. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la
comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
5. Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los
llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con
los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
6. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el
sector privado de la comuna; Proporcionar a la Subsecretaria de Desarrollo
Regional y Administrativo del Ministerio del Interior la información que aquella
solicite a la Municipalidad en conformidad a la Ley.
7. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus
funciones; Ingresar y mantener en el Sistema de Estadísticas básicas de inversión
los Proyectos, programas, estudios, de acuerdo con los procedimientos
establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social o del Organismo que
corresponda.
8. Tener la facultad de solicitar información del estado de avance de los proyectos,
programa y estudios a cargo de las diferentes Unidades Municipales.
9. Evaluar los planes, programas y proyectos municipales considerando la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como criterio de evaluación
cuando corresponda.
10. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal.
11. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección.
Tiene como misión asesorar al Alcalde(sa) en la elaboración del presupuesto
Municipal y el presupuesto de inversiones del capital de la comuna.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Coordinar el Comité de Elaboración Presupuestaria Municipal.
2. Asesorar en la formulación del Proyecto de Presupuesto Municipal,
involucrando a todas las unidades municipales para garantizar una planificación
integral.
3. Solicitar la información de la ejecución presupuestaria de los programas
municipales y otras cuentas, sobre el estado del Presupuesto Municipal y entregar
asesoría cuando corresponda.
4. Evaluar el cumplimiento presupuestario y financiero de los programas y
proyectos incluidos en el Presupuesto Municipal.
5. Realizar análisis estadísticos de indicadores presupuestarios.
6. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente
Tiene como misión elaborar, proponer y ejecutar, cuando corresponda, los
proyectos municipales de Estudios, Diseño, Construcción, Adquisición de bienes y
materiales, Subsidios, entre otros, en concordancia con los planes comunales
establecidos para tales fines.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Formular, evaluar y coordinar proyectos de interés comunal de acuerdo con los
planes de inversión establecidos para la comuna.
2. Supervisar el aspecto administrativo de elaboración de Convenios y del
cumplimiento de contratos de Estudios, Consultorías, Adquisición, entre otros.
3. Participar en la recepción de obras, cuando así lo disponga la autoridad
municipal mediante la dictación del correspondiente Decreto Alcaldicio.
4. Mantener actualizado en banco de proyecto y velar por el oportuno ingreso de
los proyectos a los diferentes sistemas de financiamiento gubernamental.
5. Mantener un registro georreferenciado de los proyectos y gestionar o realizar
análisis de impacto de estos.
6. Establecer estándares de procesos participativos relacionados a la gestión de
proyectos.
7. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Tiene como misión elaborar las bases generales y específicas, para los llamados a
licitación de proyectos que correspondan a iniciativas de inversión.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Elaborar las bases administrativas generales de las propuestas para la
contratación de obras y diseños.
2. Operar y Supervisar el portal de Mercado Público en relación a las Licitaciones
públicas o privadas licitadas por la Secretaria de Planificación, lo que incluye, la
creación de la licitación, publicación, foro de consultas, apertura, adjudicación,
deserción o revocación, y otras, según corresponda.
3. Operar y Supervisar el portal de Mercado Público con relación a otros
mecanismos de compra, tales como: Convenio Marco, Compra Ágil, Trato Directo,
entre otros.
4. Realizar y gestionar los actos administrativos derivados de los Procesos de
Compra, tales como oficios, decretos alcaldicios, Actas, Informes, etc.
5. Mantener un registro actualizado de las contrataciones de obras, servicios y
adquisiciones realizadas a través de la Dirección de Planificación.
6. Informar a la OFICINA MUNICIPAL DE TRANSPARENCIA ACTIVA sobre las
contrataciones, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
7. Controlar el cumplimiento de los contratos de los Proyectos en los cuales, la
Secretaría de Planificación actúe como inspección técnica.
8. Generar mecanismos de evaluación de proveedores en las Bases de Licitación.
9. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente
Adscrito a la Secretaría Comunal de Planificación, existirá un PROFESIONAL
ARQUITECTO, ASESOR URBANISTA, cuyas FUNCIONES son:
1. Asesorar al alcalde y al concejo en la promoción del desarrollo urbano.
2. Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado,
promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar el plan de
inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y los planos de
detalle y planes seccionales, en su caso.
3. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana
intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de
Vivienda y Urbanismo.
Tiene como misión levantar procesos, sistematizar, generar indicadores de gestión
y estadísticas comunales, para la adecuada toma de decisiones.
Las FUNCIONES son:
1. Realizar el seguimiento y la gestión de acciones necesarias, para el Programa
de Metas de Gestión Municipal (PMG), el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO)
y otros instrumentos de planificación y gestión interna, utilizando herramientas
tecnológicas de análisis de datos y dashboards interactivos para monitorear el
progreso, identificar áreas de mejora y que las Direcciones puedan tomar
decisiones basadas en datos.
2. Colaborar en las gestiones y coordinaciones para instancias participativas, de la
elaboración del presupuesto municipal, debiendo generar análisis y el conjunto de
estadísticas e indicadores de gestión.
3. Colaborar en la elaboración de la cuenta pública, realizando las gestiones para
recopilar y centralizar la información entregada por las distintas unidades,
permitiendo la accesibilidad de la información y el trabajo colaborativo.
4. Colaborar en el seguimiento de la ejecución presupuestaria, implementando
sistemas de control y seguimiento de la ejecución presupuestaria, utilizando
herramientas tecnológicas para la integridad y trazabilidad de los datos
financieros.
5. Diseñar, coordinar y ejecutar programas de modernización que mejoren la
eficiencia y calidad de los servicios municipales, garantizando el cumplimiento
normativo en el ámbito digital, automatizando procesos administrativos, evaluando
el impacto de iniciativas digitales y promoviendo la innovación continua mediante
la adopción de nuevas tecnologías y metodologías.
6. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne, de conformidad a
la legislación vigente.
Cargo: Director de Finanzas
Email: directorfinanzas@muninatales.cl
Teléfono: 612209582
DIRECCIÓN DE FINANZAS
ARTÍCULO 17° LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Tiene como misión asegurar el cumplimiento de las líneas estratégicas de gestión
financiera Municipal, con la suficiente liquidez y solvencia. Las funciones a su
cargo son:
1. Colaborar con la Dirección de Planificación, en conjunto con la Dirección de
Administración Municipal y Alcaldía en la elaboración del Presupuesto Municipal.
2. Visar los decretos que irroguen gastos o generen recursos.
3. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la
contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparte la Contraloría
General de la República.
4. Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta corriente bancaria respectiva
y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
5. Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
6. Efectuar los procedimientos de enajenación de los bienes muebles e inmuebles
de la Municipalidad, de conformidad con las normas vigentes.
7. Mantener actualizados los registros de bienes de la Municipalidad y los
inventarios valorados de los mismos.
8. Proponer, diseñar y confeccionar las planillas de altas y bajas de las especies
municipales.
9. Velar por el ordenamiento, actualización, revisión y utilización de los bienes
muebles municipales, sin perjuicio de la responsabilidad de cada Director y Jefe
por los bienes asignados a la unidad bajo su dirección.
10. Preparar las instrucciones y materiales necesarios para la toma de inventarios.
11. Preparar decretos que den “de baja” las especies inutilizadas, de acuerdo a las
normas legales y reglamentarias vigentes, proceder a su traslado a la bodega,
excluidos para su remate.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección.
Tiene como misión recaudar y percibir los ingresos por los distintos conceptos,
tales como impuestos, contribuciones, derechos municipales y otros ingresos en
conformidad a la ley y depositarlos en las cuentas corrientes bancarias. Las
funciones a su cargo son:
1. Manejar las cuentas corrientes bancarias.
2. Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás
valores municipales.
3. Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía, extendidos a favor
de la Municipalidad.
4. Solicitar la compra y mantener en custodia las especies valoradas de la Casa
de Moneda.
5. Manejar dinero en efectivo para gastos menores.
6. Llevar registro de marcas a fuego para ganado mayor y señales para ganado
menor.
7. Efectuar oportunamente el pago de obligaciones a través de documentos
bancarios, transferencia atendiendo la naturaleza del decreto de pago o egreso.
8. Depositar diariamente en las cuentas corrientes autorizadas del Banco
respectivo los fondos recaudados.
9. Mantener actualizada la cartera de los deudores.
10. Establecer CAJAS RECAUDADORAS en los lugares y por el tiempo que sean
necesarios, para los objetivos de la Municipalidad, dentro del ámbito comunal.
11. Efectuar la rendición mensual de cuentas de la caja municipal, con sus ajustes
y conciliaciones bancarias.
12. Diseñar, implementar y mantener un archivo con los documentos que ingresan
y salen de la Tesorería.
13. Actuar como martillero en los remates municipales.
14. Informar al Registro Civil de las MULTAS DE TRÁNSITO NO PAGADAS a
través del portal en línea.
15. Realizar la declaración de impuestos de retención anual ante la oficina del
Servicio de Impuestos Internos.
16. Visar los decretos de pagos a fin de controlar la ejecución presupuestaria
municipal.
17. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión efectuar la recaudación y la administración de los ingresos de
acuerdo a lo establecido por la Ley de Rentas Municipales. Las funciones a su
cargo son:
1. Tramitar las solicitudes de otorgamiento, traslado, transferencia y caducidad,
según corresponda, de las patentes municipales, comerciales, industriales, de
alcoholes y profesionales de la comuna.
2. Mantener actualizado el registro de patentes de todas las actividades antes
mencionadas, así como el correspondiente a la propaganda comercial de la
comuna.
3. Efectuar el análisis contable respecto de las declaraciones de capital que
anualmente deben hacer los contribuyentes afectos al correspondiente tributo
municipal.
4. Recibir y dar tramitación a las solicitudes de permisos y concesiones sobre
bienes nacionales de uso público, para el desarrollo de actividades lucrativas.
5. Planificar la fiscalización externa que compete a la autoridad municipal en
materias normativas, tributarias y de supervigilancia comunal.
6. Confeccionar semestralmente el Rol de Patentes Municipales.
7. Recibir y enviar los antecedentes y declaraciones juradas de las patentes de
alcohol al concejo municipal para su autorización de la renovación de estas.
8. Decretar y publicar los derechos municipales en ordenanzas.
9. Confeccionar decretos, descargos, notificaciones y oficios de patentes.
10. Coordinar las denuncias a través de Inspección Municipal, a cargo de la
Dirección de Administración Municipal.
11. Realizar el proceso de cobro de derechos e impuestos.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión asesorar al Alcalde(esa) en materias financieras municipales.
Las funciones a su cargo son:
1. Dirigir y coordinar las actividades financieras de la municipalidad.
2. Mantener actualizada la información financiera, presupuestaria y contable,
poniéndola en conocimiento del Alcalde(sa) y demás autoridades que
correspondan.
3. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de contabilidad
general de la Nación y las instrucciones que dicte la Contraloría General de la
República al respecto.
4. Estudiar, calcular, proponer y controlar cualquier tipo de ingreso y egreso
municipal.
5. Controlar la gestión financiera de las diversas unidades municipales.
6. Llevar la contabilidad patrimonial y presupuestaria en conformidad a las normas
vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría
General de la República imparta al respecto, emitiendo los informes requeridos.
7. Confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual de la Municipalidad,
proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
8. Mantener actualizado el valor de los activos y pasivos de la Municipalidad, en
conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste
anual por revalorizaciones y depreciaciones del mismo.
9. Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales en conformidad con las
normas presupuestarias vigentes.
10. Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a
obligacionesde carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
11. Refrendar internamente, imputando a los ítems presupuestarios que
corresponda, todo egreso municipal ordenado en las resoluciones alcaldicias, así
como también imputar los ingresos.
12. Presentar rendiciones de cuenta a las entidades, por fondos entregados y
destinados a fines específicos.
13. Formar, archivar y custodiar los expedientes de rendiciones de cuenta que
deban mantenerse a disposición de la Contraloría General de la República.
14. Administrar y rendir cuentas de fondos externos por programas y proyectos.
15. Confeccionar los Decretos Alcaldicios correspondientes a aportes,
subvenciones y/o modificaciones presupuestarias, e informar a las instituciones
sobre su otorgamiento o cualquier observación en el proceso de rendición.
16. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión recoger los requerimientos de compra de las distintas unidades
Municipales y utilizar los mecanismos de compra y abastecimiento indicados en la
normativa de compras públicas para satisfacer estos requerimientos de manera
eficaz y oportuna. Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Desarrollar en forma eficiente, los programas de compras, stock, sistemas de
distribución y transporte, utilizando herramientas tecnológicas y procesos
automatizados para su cumplimiento.
2. Ejecutar en su totalidad los procesos de compra mediante Mercado Público,
asegurando mantener actualizada la documentación de las compras en el portal
de ChileCompra.
3. Desarrollar y controlar el plan anual de compras, supervisando además el
control de la documentación para las compras públicas en la plataforma de
Mercado Público.
4. Validar los requerimientos de compras de las distintas Direcciones y Unidades,
debiendo rechazar cualquier solicitud que no cumpla con los requerimientos de
Adquisiciones.
5. Recibir y clasificar las solicitudes de compra provenientes de las distintas
unidades municipales, con la finalidad de emitir las respectivas órdenes de compra
cuando proceda.
6. Realizar cotizaciones de precios e informar de las condiciones de mercado, de
proveedores, costos unitarios y otras materias de interés.
7. Mantener registros de proveedores y efectuar una precalificación de ellos,
según lo informado por las unidades técnicas de los contratos.
8. Efectuar todas las acciones necesarias que se desarrollan a través de la
plataforma de Mercado Público, a objeto de llevar adelante los procesos de
compras, según la Ley 19.886 y su Reglamento.
9. Responsable de generar las bases de licitación y contratos para los procesos de
adquisiciones de la municipalidad.
10. Revisar y validar las propuestas de los oferentes para garantizar su
cumplimiento en función a las bases de las licitaciones.
11. Publicar en la plataforma de mercado público en forma cronológica y
pertinente la totalidad de los actos administrativos, registros, informes u otros
antecedentes que deriven de un proceso de licitación.
12. Entregar informes de los procesos de compras, así como de facturación.
13. Mantener archivos actualizados de órdenes de compra, facturas, propuestas y
otros documentos afines.
14. Registrar la entrega de implementos de oficina.
15. Recibir, registrar, almacenar y distribuir los recursos materiales provenientes
de las adquisiciones.
16. Mantener al día los registros de materiales que se adquieran, controlando las
entradas, salidas y saldos.
17. Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación y control de los
materiales que se almacenen.
18. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión llevar a cabo controles y fiscalizaciones periódicas con fines
preventivos y regulatorios de las disposiciones legales, ordenanzas y reglamentos
que guarden relación con las actividades de competencia Municipal. Las funciones
a su cargo son:
1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes de
competencia municipal que regulan el desarrollo de las actividades de la comuna.
2. Fiscalizar la ocupación de los espacios públicos de la comuna.
3. Fiscalizar los permisos para la ejecución de obras de urbanización y edificación
en todo el territorio comunal.
4. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones normativas que regulan el
desarrollo de las actividades comerciales, industriales y profesionales de la
comuna.
5. Fiscalizar el cumplimiento de las normas de transporte y tránsito público, así
como ejercer el rol de examinador del práctico para la obtención de las licencias
de conducir.
6. Fiscalizar el cumplimiento de leyes y normativas como las Ordenanzas
Municipales, en materia de obras, patentes, medioambiente, alcoholes, tabaco,
tránsito y otras de su competencia.
7. Denunciar al Juzgado de Policía Local las infracciones detectadas en materia
de su competencia.
8. Planificar la fiscalización externa que compete a la autoridad municipal en
materias normativas, tributarias y de supervigilancia comunal.
9. Atender las denuncias en terreno en materia de su competencia.
10. Registrar y sistematizar el avance operativo de las inspecciones e informar los
resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Administrador Municipal.
11. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación y normativa vigente.
Tiene como misión mantener actualizado el inventario de los bienes muebles y
otros activos fijos Municipales. Las funciones a su cargo son:
1. Llevar registros contables de bienes corporales en uso que corresponda, de
acuerdo a las instrucciones de la Contraloría General de la República.
2. Determinar la condición de inventariable de los bienes según las normas en
uso.
3. Mantener vigente un procedimiento de inventarios, relativo al uso, mantención,
informes, controles, altas y bajas, traslado, y otros.
4. Mantener actualizados los registros de los inventarios valorados de los mismos.
5. Mantener actualizados los registros de control físico de los bienes inmuebles
municipales desglosados por dependencia y de los bienes entregados en
comodato que no se encuentren en dependencias municipales, sean estos bienes
muebles o inmuebles.
6. Mantener debidamente identificados los bienes municipales mediante placas de
inventario u otro medio válido para tales fines.
7. Proponer y confeccionar nóminas de bienes municipales que serán dados de
baja en base a los antecedentes que aporten las diferentes Direcciones y/o estado
físico de éstos, realizando la dictación del Decreto Alcaldicio.
8. Efectuar controles periódicos del estado de los bienes asignados a las distintas
Unidades municipales, así como evaluar el nivel de satisfacción del personal sobre
el uso y pertinencia de los bienes muebles y otros activos fijos Municipales.
9. Realizar procesos de inventarios generales, rotativos y selectivos, investigando
sobrantes y faltantes que resulten de la comparación del inventario físico del libro.
10. Mantener actualizados los registros de bienes adquiridos a través del
presupuesto Municipal, así como del presupuesto externo.
11. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Teléfono: 612209575
DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO
ARTÍCULO 18° LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO:
Tiene como misión promover el desarrollo social en la comuna considerando,
especialmente, la integración y participación de sus habitantes. Las funciones a su
cargo son:
1. Asesorar al Alcalde(sa) y al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario.
2. Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias; fomentar su
desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el Municipio.
3. Proponer y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a materializar
acciones relacionadas con salud pública, educación, deporte, cultura y museo.
4. Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres.
5. Participar en la aplicación de planes, programas y proyectos de índole social,
que deban desarrollar otras entidades públicas y privadas de la comuna.
6. Colaborar con el desarrollo de actividades de orden general de la Municipalidad
o de otras entidades públicas o privadas, ya sean éstas de orden cívico, cultural u
otras, planeadas anticipadamente o que surjan de manera imprevista.
7. Administrar y ejecutar los programas sociales básicos y los proyectos derivados
de éstos y considerados en el área social, la asistencia social y la capacitación
social.
8. Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad, y encauzar
su satisfacción y solución, a través de la formulación de políticas, planes y /o
programas comunales, en el ámbito social.
9. Mantenerse informado de la realidad social de la comuna y, a su vez, informar
de ésta al Alcalde(sa), al Concejo y a los organismos relacionados con esta
materia.
10. Registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de asistencia
social, e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa).
11. Elaborar diagnósticos que permitan identificar, cuantificar y localizar los
problemas socioeconómicos que afectan a la comunidad, manteniendo registros
específicos y actualizados.
12. Administrar los programas sociales de cobertura comunal y elaborar,
desarrollar y evaluar proyectos y acciones destinadas a satisfacer las necesidades
básicas que afectan a la población vulnerable de la comuna.
13. Promover la organización, participación y desarrollo de los dirigentes y
pobladores de cada unidad vecinal, de acuerdo a sus propios intereses y
necesidades.
14. Coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones vecinales y vecinos en
general, para la solución de sus problemas y transformarse en motores de su
propio desarrollo y de la comuna.
15. Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extra
programáticas que tengan relación con la salud comunitaria dentro de las normas
legales vigentes.
16. Coordinar el desarrollo de acciones sociales con otras unidades municipales,
con organismos del voluntariado e instituciones privadas y públicas.
17. Difundir, orientar y hacer efectiva la entrega de los distintos beneficios de
carácter social existentes (ayudas sociales, becas, u otros), dando a conocer los
requisitos exigidos para acceder a estos según la naturaleza jurídica de los
mismos y las obligaciones que pesan sobre los beneficiarios.
18. Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de emergencia o de necesidad
manifiestas que afecten a personas o familias de la comuna, organizando y
coordinando, con la colaboración de las autoridades correspondientes, las labores
de socorro y auxilio que sean necesarias.
19. Mantener registros de las atenciones y prestaciones proporcionadas, e
informar de la labor desarrollada a los superiores que corresponda.
20. Proporcionar mediante herramientas de estratificación social, atención integral
a las necesidades de los grupos familiares vulnerables, relacionados con:
alimentación escolar, alimentación complementaria, educación, viviendas,
operativos de atención en terreno, pensiones asistenciales, subsidios y otros que
emanen de la autoridad.
21. Asesorar a Alcalde(sa) en la definición de lineamientos municipales en la
promoción de la cultura y el deporte.
22. Coordinar con la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio las
acciones municipales que se desarrollen en conjunto.
23. Preservar, conservar, investigar y difundir el patrimonio local a través, de las
acciones del Museo Histórico, que permita mantener una muestra museográfica
que acerque el conocimiento de la historia y la cultura de la zona de Última
Esperanza al público nacional y extranjero.
24. Planificar, organizar y dirigir las ceremonias recordatorias de las efemérides
patrias y otras que tengan carácter relevante.
25. Coordinar con la Corporación de Deportes, las acciones de la municipalidad en
dicho ámbito.
26. Mantener un catastro actualizado de las organizaciones deportivas y
recreativas existentes en la comuna
27. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
OFICINA DE SECRETARIA DIRECCIÓN
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección.
Tendrá como misión asesorar al Alcalde(sa) y al Concejo Municipal en materias de
asistencia y protección social en la comuna, generando y ejecutando planes y
programas, que permitan contribuir a la satisfacción de necesidades básicas y
urgentes de la población más vulnerable.
1. Proponer, desarrollar y definir los objetivos y políticas comunales de la
Municipalidad respecto de las políticas públicas del Sistema de Protección Social
que nacen desde el nivel central y que son territorializadas en la comuna a través
del gobierno local.
2. Diseñar y gestionar programas y proyectos que permitan la retroalimentación
financiera de las diferentes unidades de protección social.
3. Organizar, administrar y ejecutar el sistema de estratificación social (Registro
Social de Hogares), a fin de focalizar adecuadamente los beneficios sociales y
subsidios de la red social.
4. Bajo esta sección se ejecutarán programas sociales, tales como: Seguridad y
Oportunidades, Registro Social de Hogares, Albergue Noche Digna, y todos
aquellos vinculados a la protección social, que surjan de nuevos convenios con
otras instituciones públicas y/o privadas.
5. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
1. Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de emergencia o de necesidad
manifiesta que afecten a personas o familias de la comuna, organizando y
coordinando con las Instituciones públicas o privadas en beneficio de la
comunidad.
2. Difundir, administrar y ejecutar los distintos tipos de subsidios (subsidios
maternales, subsidio familiar, subsidio de discapacidad mental, subsidio de agua
potable y gas), que canaliza el estado a través de las Municipalidades.
3. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia asistencia y
protección e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Comunitario.
4. Difundir las distintas becas que otorga el Estado y el Municipio, para los
estudiantes de la comuna.
5. Administrar el presupuesto asignado a asistencia social, determinando
anualmente un programa de trabajo, concordante con el Reglamento de Ayudas
Social, que permita atender y auxiliar transitoriamente a las personas más
vulnerables de la Comuna.
6. Bajo esta sección se ejecutarán programas sociales, tales como: Prestaciones
monetarias (Subsidios, pensiones, entre otros), ayudas sociales, becas estatales y
/o municipales; y todos programas y/o proyectos vinculados a la asistencia social,
que surjan de nuevos convenios con otras instituciones públicas y/o privadas.
7. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente
Tendrá como misión principal generar las estrategias y llevar adelante las
acciones necesarias para abordar y/o resolver necesidades u problemáticas
comunitarias, asociadas a las temáticas de género, infancia y juventud, adultos
mayores, discapacidad e inclusión, vivienda, población migrante, población rural,
deporte, cultura y organizaciones comunitarias.
De igual forma, tiene la función de ejecutar la oferta programática emanada de los
diferentes convenios de ejecución y colaboración, que conforman la batería de
programas sociales que llegan a la comunidad, a través de la gestión municipal, y
de ir actualizando el diagnóstico de la comunidad, que permita caracterizar el perfil
de diferentes grupos de interés de la Comuna a fin de apoyar e innovar en el
diseño de programas y proyectos que respondan a los cambios que acontecen en
los segmentos identificados.
Tiene como misión asesorar al Alcalde(sa) en la definición de lineamientos
estratégicos y estudios específicos destinados a la promoción de la cultura y el
deporte en la comuna de Natales, que permita fortalecer la red de apoyo con el
sector público y privado competente en la materia.
Las FUNCIONES a su cargo, en el ámbito de la CULTURA serán:
1. Coordinar aspectos relacionados con el desarrollo cultural de la comuna,
involucrando a diferentes unidades municipales y la Corporación de Cultura,
Turismo y Patrimonio.
2. Proponer, coordinar y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a
materializar proyectos, programas y acciones relacionados con el desarrollo
cultural y patrimonial de la comuna.
3. Promover la suscripción de convenios con entidades públicas y/o privadas
relacionadas con el resguardo del patrimonio material e inmaterial de la Comuna
de Natales.
4. Preservar, conservar, investigar y difundir el patrimonio local a través, de las
acciones a cargo del MUSEO HISTÓRICO, que permita mantener una muestra
museográfica que acerque el conocimiento de la historia y la cultura de la zona de
Última Esperanza al público nacional y extranjero.
5. Administrar el funcionamiento del recinto municipal utilizado como museo,
propiciando una adecuada utilización de su infraestructura y equipamiento.
6. Promover el conocimiento de las áreas o centros de interés culturales y
artísticos de la comuna.
7. Fomentar el conocimiento de los valores culturales dentro y fuera de la comuna
y promover las actividades tendientes a darle un carácter propio.
8. Organizar y promover exposiciones artísticas y artesanales diversas, así como
también, concursos y talleres literarios, plásticos, musicales y otros similares.
9. Planificar, organizar y dirigir las ceremonias recordatorias de las efemérides
patrias y otras que tengan carácter relevante.
10. Establecer contacto con otras instituciones que desarrollen actividades
culturales, tanto a nivel comunal como nacional, con fines de intercambio.
11. Mantener actualizado un calendario de actividades y eventos orientados a
promover la creación artística, científica y cultural de los habitantes de la comuna.
12. Registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de desarrollo
cultural e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y a Dirección de
Desarrollo Comunitario.
13. Gestionar la correcta ejecución de los programas, proyectos o convenios que
se lleven a cabo con distintas instituciones públicas y/o privadas, cuyo foco ámbito
de acción sea la cultura.
14. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Las FUNCIONES a su cargo, en el ámbito del DEPORTE serán:
1. Planificar, ejecutar y promover acciones relacionadas con la práctica del deporte
y la recreación.
2. Administrar y mantener un catastro actualizado de los recintos municipales,
construidos para la práctica del deporte y la recreación, propiciando la adecuada
utilización de su infraestructura y equipamiento.
3. Coordinar aspectos logísticos y operacionales relacionados con el desarrollo
deportivo y recreativo de la comuna.
4. Crear y promover la masificación y diversificación del desarrollo deportivo y
recreativo de la comuna.
5. Asesorar y apoyar a diversas organizaciones comunitarias y/o educacionales en
el ámbito deportivo, recreacional y administrativo.
6. Mantener un catastro actualizado de las organizaciones deportivas y recreativas
existentes en la comuna.
7. Proponer, elaborar, coordinar y ejecutar, cuando corresponda, medidas
tendientes a materializar proyectos, programas y acciones relacionados con el
desarrollo deportivo y recreativo de la comuna, promoviendo la suscripción de
convenios con entidades públicas y/o privadas.
8. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de deporte y
recreación e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Comunitario.
9. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Tiene como misión promover la formación, funcionamiento y coordinación de
organizaciones comunitarias, prestando asesoría técnica para su adecuado
funcionamiento.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Mantener información actualizada de las organizaciones comunitarias.
2. Fomentar la legalización y fortalecimiento de la comunidad organizada,
promoviendo su efectiva participación en el desarrollo Comunal.
3. Entregar asesoría técnica a la comunidad organizada y sus redes de apoyo de
acuerdo con sus intereses y necesidades.
4. Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitarios y/o líderes
sociales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del
Gobierno y del Municipio.
5. Realizar campañas comunicacionales en materias atingentes a organizaciones
comunitarias.
6. Asesorar a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias para su
participación en los diferentes programas relacionados con fondos concursables
de distintas entidades públicas y privadas.
7. Promover el desarrollo de programas y proyectos de apoyo a la comunidad
organizada.
8. Mantener comunicación fluida con las organizaciones, canalizando sus
inquietudes a través de las diferentes unidades municipales.
9. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de
organizaciones comunitarias e informar los resultados periódicamente al
Alcalde(sa) y a la Dirección de Desarrollo Comunitario.
10. Gestionar, administrar, implementar y supervisar la postulación y ejecución del
FONDO MUNICIPAL CONCURSABLE DE DESARROLLO VECINAL (FONDEVE).
11. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión facilitar la aplicación de una política municipal para la equidad
de género
y la diversidad sexo genérica, fortaleciendo las capacidades de la municipalidad
para
contribuir y promover el respeto por los derechos de las mujeres y las disidencias.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Fortalecer la autonomía y la diversidad de cada una de las mujeres de nuestra
comuna en el ejercicio pleno de sus derechos, tanto al interior de sus familias,
como en la interacción general como parte de la comunidad.
2. Promover el Derecho de las mujeres y las diversidades a vivir una vida libre de
todo tipo de violencia, discriminación o conducta arbitraria basada en su Género, a
través del trabajo preventivo, de difusión y de sensibilización tanto al interior de
nuestra municipalidad como con la población general de la comuna.
3. Promover y garantizar el respeto y la no discriminación por identidad,
orientación y sexo.
4. Generar vínculos y coordinaciones con organizaciones de la sociedad civil, así
como también, con instituciones públicas y/o privadas, para generar diversas
acciones a nivel territorial de concientización, visibilización y educación respecto a
las necesidades, problemáticas que enfrenta la comunidad LGTBIQ+ y disidencias
sexo genéricas y promover el enfoque de derechos humanos de este sector de la
población.
5. Generar acciones para promover la salud sexual, derechos sexuales y
reproductivos de la población, derechos filiativos, entre otros, tanto de las mujeres
como de las diversidades sexo genéricas.
6. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el SERVICIO
NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO: PROGRAMA
PREVENCIÓN EN VIOLENCIA DE GÉNERO, PROGRAMA 4 A 7, PROGRAMA
JEFAS DE HOGAR, y cualquier otro programa o convenio que se gestione con
este servicio u otra institución pública y/o privada, que cuyo foco de intervención
sea la mujer o las diversidades sexo genéricas.
7. Mantener una coordinación fluida con el Servicio Nacional de la Mujer y equidad
de género, que permita dar respuestas oportunas y eficaces a la problemática de
la violencia de genero a nivel comunal.
8. Promover la equidad de género a nivel transversal, propiciando que dicho
enfoque esté presente en todas las áreas de la gestión municipal promoviendo el
enfoque de género en los instrumentos de planificación y gestión local.
9. Fortalecer las capacidades y competencias técnicas del municipio, de sus
funcionarios y funcionarias para incorporar la perspectiva de género en el ejercicio
de sus funciones, tanto en el clima laboral/organizacional interno como en la
atención al público que brinda la gestión municipal.
10. Elaborar y proponer en conjunto con otras unidades o instancias municipales,
iniciativas que permitan institucionalizar la perspectiva de género en la gestión
municipal, mediante reglamentos internos y/u ordenanzas municipales que
promuevan la equidad de género en las diversas áreas de interés municipal, como
son seguridad pública, salud, educación, protección social entre otros.
11. Desarrollar actividades en conjunto con actores comunales que aborden
temáticas como la prevención y atención de la violencia de género.
12. Fomentar, facilitar y reconocer la participación femenina en los diversos
espacios de desarrollo integral y económico a nivel comunal. (trabajo, deporte,
emprendimientos, acceso a salud, educación, capacitaciones, etc.).
13. Generar iniciativas de desarrollo económico y emprendimiento que favorezcan
la inserción laboral de las mujeres en el espacio local.
14. Brindar orientación ante las diversas problemáticas de género y violencia
contra la mujer que puedan presentar mediante la demanda espontanea a la
unidad las mujeres de la comuna.
15. Generar diagnósticos territoriales acerca de las brechas de género en el
ámbito laboral, social, económico entre otros.
16. Promover y difundir iniciativas y buenas prácticas municipales en el ámbito de
la equidad de género e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
17. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia género e
informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de Desarrollo
Comunitario.
18. Recopilar información sobre la comunidad LGBTIQA+ y PVVIH de la comuna,
mediante catastros, encuestas o rescatando cifras de todos los servicios y
beneficios que entregan.
19. Formación a los funcionarios municipales y a la comunidad en torno a
conceptos de diversidad sexual, de disidencia sexo- género, PVVIH y sexualidad
integral, con un enfoque inclusivo.
20. Desarrollo de actividades relacionadas con hitos conmemorativos relevantes
para la comunidad las diversidades sexuales, disidencias sexo-genéricas y PVVIH.
21. Generación de redes de apoyo y colaboración a nivel comunal, regional y
nacional con entidades públicas y privadas para las comunidades de las
diversidades sexuales, disidencias sexo-genéricas y PVVIH.
22. Promover el contacto directo con las personas, grupos y comunidades a nivel
local a través de plataformas digitales y redes sociales, conforme al progresivo
desarrollo tecnológico en el país y las oportunidades de abrir nuevas formas de
comunicación remota con la ciudadanía.
23. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de
diversidad e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Comunitario.
24. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente
Tiene como misión contribuir al diseño y ejecución de políticas comunales
orientadas al desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida del adulto mayor. Las
funciones a su cargo son:
1. Promover la participación del adulto mayor en los diferentes programas que
desarrolla el Municipio y otras instituciones y/o servicios.
2. Propiciar la celebración y suscripción de todo tipo de convenio con instituciones
y/o empresas destinadas a la entrega de beneficios o prestaciones de servicio a
los adultos mayores.
3. Organizar y desarrollar directamente o en conjunto con las unidades
Municipales que corresponda, todo tipo de actividades, celebraciones y eventos en
general, dirigidos a los Adultos Mayores.
4. Mantener actualizado el catastro de las organizaciones de adulto mayor
existentes en la comuna en conjunto con la(s) unidad(es) a cargo del registro de
Organizaciones Comunitarias.
5. Desarrollar un trabajo coordinado, y prestar asesoría a las diferentes
organizaciones de adultos mayores presentes en la comuna.
6. Elaborar y desarrollar programas sociales complementarios, como respuesta a
las necesidades específicas detectadas de los adultos mayores.
7. Gestionar, administrar, implementar y supervisar la postulación y ejecución del
FONDO MUNICIPAL CONCURSABLE DEL ADULTO MAYOR (FAM).
8. Entregar y/o gestionar asesoría y capacitación a los adultos mayores y sus
redes de apoyo de acuerdo con sus intereses y necesidades.
9. Mantener coordinación permanente con los servicios y/o instituciones que
tengan programas orientados al adulto mayor.
10. Mantener un sistema de monitoreo y medición del nivel de satisfacción de los
adultos mayores beneficiarios de los programas Municipales.
11. Promover y difundir dentro de la comunidad los programas, actividades,
subsidios, y otros beneficios destinados a los adultos mayores con el objetivo de
desarrollar una mayor conciencia acerca de su valor en nuestra sociedad y
desafíos que enfrentan.
12. Validar las buenas prácticas e identificar oportunidades de mejora en la
gestión de la Oficina del Adulto Mayor.
13. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el Ministerio
de Desarrollo Social y/o el Servicio Nacional del Adulto Mayor, dirigidos
específicamente a la población adulta mayor de la Comuna.
14. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia
envejecimiento e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección
de Desarrollo Comunitario.
15. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el Ministerio
de Desarrollo Social a través del SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
y/o cualquier otro programa o convenio que se gestione con cualquier otra
institución pública y/o privada, que cuyo foco de intervención sean las personas
mayores, ya sea de manera individual o colectiva.
16. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente
Tiene como misión promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, y
accesibilidad de las personas en situación de discapacidad en la Comuna de
Natales, así como también relevar el rol de las personas cuidadoras, y generar
programas y/o proyectos comunales dirigidos a mejorar su calidad de vida.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Contribuir al diseño de políticas orientadas al desarrollo y mejoramiento de la
calidad de vida de las personas en situación de discapacidad, y sus cuidadores
principales.
2. Generar instancias de visibilización y concientización de la discapacidad y de
las barreras sociales, culturales y de infraestructura existentes en nuestra
Comuna.
3. Coordinar y asegurar la actualización de los instrumentos de planificación y
diagnóstico social de las personas en situación de discapacidad.
4. Proponer las alianzas necesarias con organismos públicos y privados que
contribuyan a potenciar la intervención Municipal en torno a la discapacidad, y la
política nacional de cuidados.
5. Entregar y/o gestionar asesoría y capacitación dirigida a las personas en
situación de discapacidad, sus cuidadores principales y /o redes de apoyo de
acuerdo a sus intereses y necesidades.
6. Promover el desarrollo de programas y proyectos de apoyo a la inclusión social
de las personas en situación de discapacidad, y sus cuidadores principales.
7. Mantener un sistema de monitoreo y medición del nivel de satisfacción de las
personas con discapacidad y sus cuidadores principales, beneficiarios de los
programas Municipales.
8. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de
discapacidad e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección
de Desarrollo Comunitario.
9. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el Ministerio
de Desarrollo Social, a través del SERVICIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD,
tales como:
ESTRATEGIA DE DESARROLLO INCLUSIVO (EDLI), PROGRAMA TRANSITO A
LA VIDA INDEPENDIENTE, PROGRAMA RED LOCAL DE APOYOS Y
CUIDADOS (PRLAC) o cualquier otro programa o convenio que se gestione con
este servicio u otra institución pública y/o privada, que cuyo foco de intervención
sea la discapacidad, la inclusión y los cuidados.
10. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión contribuir al bienestar psicosocial y desarrollo saludable de los
niños, niñas, jóvenes y/o adolescentes de la Comuna, promoviendo su
participación a nivel comunitario, desde un enfoque de derechos.
Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Contribuir al diseño de políticas comunales orientadas al desarrollo y
mejoramiento de la calidad de vida de los niños, niñas, jóvenes y/o adolescentes.
2. Coordinar y asegurar la actualización de los instrumentos de planificación y
diagnóstico social de los niños, niñas, jóvenes y/o adolescentes.
3. Proponer las alianzas necesarias con organismos públicos y privados que
contribuyan a potenciar la intervención Municipal en torno a la infancia y juventud.
4. Gestionar y otorgar la entrega de asesoría y capacitación a los jóvenes, y sus
redes de apoyo de acuerdo con sus intereses y necesidades.
5. Promover el desarrollo de programas y proyectos de apoyo a la infancia y
juventud, así como también, POTENCIAR EL ASOCIATIVISMO JUVENIL.
6. Promover el desarrollo de iniciativas, programas y/o proyectos que fomenten el
buen uso del tiempo libre y la prevención del consumo del alcohol y otras drogas,
cuyo foco principal sean las NIÑECES Y LAS JUVENTUDES.
7. Analizar, registrar y sistematizar el avance de la gestión en materia de infancia y
juventud e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Comunitario.
8. Gestionar, administrar, implementar y supervisar la postulación y ejecución del
Fondo Municipal concursable de iniciativas juveniles y culturales (FIJ).
9. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el Ministerio
de Desarrollo Social, Ministerio del Interior y/o Instituto Nacional de la Juventud o
cualquier otro programa o convenio que se gestione con este servicio u otra
institución pública y/o privada, cuyo foco de intervención sean las niñeces y la
juventud.
10. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente
Tiene como misión ejecutar un conjunto de acciones estratégicas y
complementarias en el ámbito habitacional y territorial, tanto urbano como rural,
con la finalidad de generar oportunidades de acceso a los diferentes programas
habitacionales y de desarrollo territorial ofrecidos por el estado para los habitantes
de la Comuna. Las FUNCIONES a cargo son las siguientes:
1. Colaborar con la comunidad, en la orientación, asistencia y acceso los
diferentes programas habitacionales vigentes en nuestro País, que permitan
acceder de manera grupal o individual a un subsidio habitacional que
complemente la adquisición de una vivienda nueva o usada, construcción en sitio
propio o mejoramiento habitacional y comunitario.
2. Identificar las necesidades o carencias habitacionales en la comuna y organizar
la demanda habitacional para gestionar su postulación a los programas
habitacionales ofrecidos por el Estado.
3. Promover la participación de la comunidad en los diferentes programas que
presenta Servicio de Vivienda y Urbanización como unidad técnica para solucionar
la problemática habitacional existente en la comuna.
4. Organizar, asistir, asesorar, y postular a las personas y grupos organizados
para que puedan acceder al beneficio y/o subsidio correspondiente.
5. Gestionar el acompañamiento y la supervisión de las iniciativas subvencionadas
focalizadas en la construcción, adquisición, reparación, ampliación de viviendas, al
mejoramiento del entorno y del equipamiento comunitario en el territorio.
6. Promover la conformación, funcionamiento y coordinación de comités
habitacionales, otorgando asistencia social, técnica y legal.
7. Generar convenios y coordinación con las ENTIDADES PATROCINANTES
PRIVADAS, que presten servicios en la comuna, para informar y apoyar en
tramitación social y técnica.
8. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con el Ministerio
de Vivienda y Urbanismo y/o el Servicio de Vivienda y Urbanismo como:
PROGRAMA QUIERO MI BARRIO, PROGRAMA PEQUEÑAS LOCALIDADES,
entre otros, o cualquier otro programa o convenio que se gestione con este
servicio u otra institución pública y/o privada, que cuyo foco de intervención sea la
gestión habitacional, territorial y/o habitabilidad.
9. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Es una oficina municipal que entrega una oferta de atención basada en
lineamientos de asesoría migratoria y social, vinculación con el medio y
Convivencia e Interculturalidad.
1. Realizar ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN en temáticas sociales y migratorias a
personas migrantes y vecinos que residen en la comuna.
2. Vinculación con programas municipales e institucionales externos con el
objetivo de orientar, gestionar y CANALIZAR CONSULTAS SOCIALES Y DE
REGULACIÓN MIGRATORIA, entre otras.
3. Realizar vinculación con el medio, a través del trabajo colaborativo con las
ORGANIZACIONES MIGRANTES Y PRO MIGRANTES que residen en la
comuna, donde se trabaja, gestiona y potencian las actividades y temáticas
relevantes, tendientes a la inclusión positiva y el intercambio multicultural.
4. Capacitar a funcionarios(as) públicos y/o municipales, así como también a
empleadores u otros, así como también a la misma COMUNIDAD MIGRANTE, en
temas migratorios u otros de su interés.
5. Realizar TALLERES Y FERIAS INTERCULTURALES, dirigidas a la comunidad
en general, donde se trabaje con micro emprendedores migrantes, en proyectos
de asociatividad y espacios de comercialización, así como también en espacios
informativos y de inclusión social e intercultural.
6. Levantar un CENSO MIGRANTE para conocer la realidad y el comportamiento
demográfico, económico y social de la población migrante presente en la Comuna.
7. Gestionar la correcta ejecución de los programas convenidos con diferentes
ministerios y/o servicios, especialmente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES o cualquier otro programa o convenio que se gestione con este
servicio u otra institución pública y/o privada, cuyo foco de intervención sea la
población migrante.
8. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Tiene como misión abordar temáticas de sensibilidad local, relacionadas con
aspectos relevantes de la población indígena y la población rural, presente en
nuestra comuna, en el entendido que el concepto, hace referencia a la presencia
de múltiples tradiciones culturales, asociados a estos grupos de personas en una
misma sociedad, además de favorecer la inclusión social y la no discriminación de
nuestros vecinos y vecinas a través de líneas de trabajo integral.
En el ÁMBITO INDÍGENA, las funciones son las siguientes:
1. Ejecutar las acciones tendientes a generar espacios para el desarrollo de
actividades relacionadas con la población indígena de la comuna, promoviendo su
asociación con el fin de elaborar y ejecutar proyectos sociales y culturales,
orientados a su desarrollo.
2. Coordinar sus acciones con otros organismos públicos a fin de brindar apoyo
integral a la población indígena presente en la Comuna, y vincularlo con otros
programas municipales.
3. Mantener un catastro actualizado de las organizaciones indígenas formales e
informales y promover su participación.
4. Elaborar y ejecutar proyectos que permitan la generación de recursos para el
desarrollo de los Programas indígenas en la Comuna.
5. Gestionar la correcta ejecución de los programas, proyectos o convenios que se
lleven a cabo con distintas instituciones públicas y/o privadas, cuyo foco de
intervención sea la población indígena de nuestra comuna.
6. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Las funciones a cargo, en el ÁMBITO DE LA RURALIDAD, son las siguientes:
1. Elaborar y mantener registros y reportes estadísticos periódicos del
comportamiento demográfico, económico y social de la zona rural de la comuna.
2. Mantener contacto permanente y canalizar las necesidades de la población rural
en ámbito social, cultural, económico y productivo, hacia las demás unidades
municipales.
3. Gestionar el desarrollo de programas, proyectos y/o actividades, que vayan en
beneficio de los habitantes rurales de la comuna.
4. Gestionar la correcta ejecución de los programas, proyecto o convenio que se
lleven a cabo con distintas instituciones públicas y/o privadas, cuyo foco de
intervención sea la población rural de nuestra comuna.
5. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Teléfono: 612209552
ARTÍCULO 19° LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL
Tiene como misión asesorar al Alcalde(sa) y el Concejo Municipal en la promoción
y articulación del desarrollo local sostenible para una mejor calidad de vida de los
habitantes de la Comuna. Las funciones a su cargo son:
1. Identificar y potenciar las diferentes líneas de desarrollo local sostenible, en el
ámbito productivo y económico de la Comuna. Gestionando acciones en
sectores/áreas tales como: Turismo, Agro, Pesca Artesanal, Comercio,
Emprendimiento, Autoconsumo, Economía Circular, Empleo, Capacitación,
Artesanía y Patrimonio, entre otros, según lineamientos de planificación
estratégica comunal.
2. Realizar y/o difundir estudios, diagnósticos o reportes de datos, en materia de
desarrollo local sostenible y proveer de esa información al Alcalde(sa), Concejo
Municipal y las unidades que lo requieran.
3. Coordinar, proponer y participar en mesas de trabajo temáticas en materias de
desarrollo local comunal, tanto al interior de la Municipalidad, como con actores de
la red público-privada.
4. Mantener un catastro actualizado de las actividades económicas de la comuna
organizado en categorías según criterios como nivel de sustentabilidad, sector
productivo, tamaño de la empresa, estado de formalización, distribución territorial,
entre otros.
5. Establecer vínculos con entidades público-privadas relacionadas con modelos
de desarrollo sostenible y economía circular en la Comuna, región y/o país.
6. Coordinar, revisar y asesorar técnicamente al Municipio para la suscripción y
ejecución de convenios con instituciones público-privadas del área.
7. Diseñar, difundir, coordinar, supervisar, evaluar y apoyar logísticamente el
diseño y la ejecución de las actividades y programas de la Dirección de Desarrollo
Local.
8. Catastrar, asesorar técnicamente y promover la participación de personas
naturales, personas jurídicas y agrupaciones de la sociedad civil (Gremios,
Organizaciones, Agrupaciones, Asociaciones, etc.), vinculadas al Desarrollo Local
en la Comuna.
9. Recopilar información respecto de oportunidades, beneficios e instrumentos de
fomento y desarrollo, disponibles en el sector público y privado, con la finalidad de
difundir y asesorar, facilitando el acceso de los potenciales beneficiarios.
10. Promover en la Comuna una cultura de la innovación, a través de la
capacitación, eventos de intercambio, promoción, incorporación de nuevas
tecnologías, cooperación técnica, digitalización, vinculación con la academia y
otras acciones.
11. Promover el desarrollo de aptitudes innovadoras en las empresas y
emprendedores(as) de la comuna para mejorar la competitividad y la productividad
de sus actividades económicas.
12. Fortalecer y contribuir a la gestión para el desarrollo sostenible de aquellas
localidades rurales de la Comuna, incluidas aquéllas afectadas por una situación
de aislamiento. En este marco de modelo de desarrollo sostenible, promover y
desarrollar acciones de rescate y difusión del patrimonio local vinculados a los
diferentes sectores productivos, en todas sus dimensiones.
13. Promover el cumplimiento de las obligaciones y normativas municipales,
sanitarias, tributarias, laborales y previsionales de las empresas o unidades
productivas informales de la comuna, mediante programas de trabajo de apoyo a
la formalización.
14. Promover el acceso al empleo de los/as habitantes de la comuna y su
inserción laboral dependiente o independiente.
15. Apoyar el sector turismo en la elaboración y ejecución, en conjunto con la
Corporación Municipal de Cultura Turismo y Patrimonio, de los lineamientos
estratégicos a favor del desarrollo del destino turístico y de los emprendimientos y
empresas locales de este rubro.
16. Promover, desarrollar, coordinar y/o difundir programas de capacitación laboral
de acuerdo con las políticas comunales y a las necesidades del mercado laboral.
17. Participar activamente en instancias de planificación estratégica y de
ordenamiento territorial de la Comuna, en las áreas de competencia de esta
Dirección; ya sea en instrumentos de planificación elaborados por la Municipalidad
o por otras instituciones u organismos de la red público-privada.
18. Promover y contribuir al rescate y puesta en valor del patrimonio material e
inmaterial vinculado a la actividad productiva de los diferentes rubros o sectores y
su entorno socio cultural.
19. En materia de TURISMO, tiene como misión asesorar al Alcalde(sa) en la
definición de lineamientos estratégicos y estudios específicos destinados a la
promoción del turismo en la comuna de Natales, que permita fortalecer la red de
apoyo con el sector público y privado competente en la materia, las funciones en
esta materia serán:
19.1. Coordinar aspectos relacionados con el desarrollo turístico de la comuna,
involucrando a diferentes unidades municipales y a la Corporación Municipal de
Cultura, Turismo y Patrimonio. En específico, gestionar instrumentos de
planificación del turismo en el territorio de la Comuna.
19.2. Mantener vínculos con el Servicio Nacional de Turismo y otros servicios
públicos relacionados al rubro, con la finalidad de fortalecer la actividad turística en
la comuna y en el destino turístico
19.3. Desarrollar un trabajo en conjunto con el empresariado a nivel
organizacional/gremial e individual, vinculado a la actividad turística local,
provincial, regional y nacional.
19.4. Generar y mantener actualizada la información estadística relacionada con
turismo, en aspectos tales como oferta de servicios, perfil de la demanda,
infraestructura, empleabilidad y otros aspectos que permitan el análisis y toma de
decisiones.
19.5. Participar en las redes públicas privadas que tengan que ver con el
desarrollo turístico en el destino y la región.
19.6. Registrar y sistematizar el avance de la gestión en el ámbito turístico
Municipal e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Local.
19.7. Diseñar, ejecutar, participar o promover ACCIONES MUNICIPALES en el
ÁMBITO TURÍSTICO (comercialización, promoción, desarrollo productos, capital
humano), tales como: eventos, ferias, capacitaciones, promoción turística, oferta
de productos, turismo social, acciones de rescate y difusión patrimonio local,
certificaciones, convenios de colaboración red público privada, entre otras.
Tiene como misión coordinar y apoyar la labor administrativa de funcionamiento de
la gestión diaria que desarrolla la Dirección, de conformidad a lo instruido por la
Directora de DIDEL.
FUNCIONES:
1. Gestionar la correspondencia interna y externa.
2. Atender Público, entregar información a usuarios y apoyo en eventos dirigidos a
la comunidad.
3. Mantener archivos con la documentación de la Dirección, ya sea en
modalidades digitales o en físico (papel), en coordinación con unidad municipal
responsable de esta materia.
4. Apoyar en la gestión administrativa en materia de ingreso de información a
sistema interno de control y gestión de verificadores de la Dirección.
5. Apoyar en gestión de bases de datos e información sobre usuarios y/o
agrupaciones vinculadas al quehacer de DIDEL; lo anterior, en base a la
información proporcionada y revisada previamente por la Directora, encargados de
Unidades y/o gestores de programas o ámbitos de acción.
Tiene como misión colaborar con el Alcalde(sa) y el Concejo, desde la Dirección
de Desarrollo Local, en la gestión de políticas y acciones destinadas a potenciar
las diferentes actividades productivas en la comuna. Las funciones a su cargo son:
1. Desarrollar diferentes líneas de acción en el ámbito económico y de
oportunidades de negocios, ámbito red público privada, ámbito de capacitaciones
y competencias y ámbito de trabajo con empresarios de la comuna, entre otros de
interés local.
2. Promover vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales con
los servicios públicos y el sector privado en materias de fomento productivo local e
innovación.
3. Gestionar, elaborar y ejecutar programas de desarrollo económico local con
financiamientos externos y/o internos.
4. Promover y administrar convenios para ejecución de programas
gubernamentales socio-estratégicos en el ámbito de desarrollo económico local
con aportes externos y/o internos.
5. Promover las capacidades de la comunidad local a través de charlas
informativas y/o capacitaciones, para fortalecer el desarrollo económico local de la
comuna.
6. Orientar a emprendedores y/o micro y pequeños empresarios acerca de las
fuentes de financiamiento y asesorar técnicamente en gestión de proyectos o
acciones de emprendimiento.
7. Promover acciones, capacitar y asesorar a emprendedores con el objetivo que
logren formalización de sus actividades, en conformidad a la Ley.
8. Impulsar acciones que propicien encadenamientos productivos y asociatividad
entre empresas y emprendedores de la comuna.
9. Promover la optimización de los sistemas de producción sostenibles y con
identidad local de aquellos emprendimientos productivos a nivel familiar vinculados
al mercado.
10. Promover, apoyar, ejecutar y generar instancias o eventos para favorecer el
intercambio y comercialización, apoyando así el emprendimiento y el comercio
local. A través de la realización de ferias, intervenciones urbanas, ruedas de
negocios, encuentros y otros eventos que contribuyan a este fin.
11. Registrar y sistematizar el avance de la gestión en el ámbito productivo urbano
y rural e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa) y Dirección de
Desarrollo Local.
12. Otras funciones que la dirección de DIDEL, la Ley o la autoridad superior del
servicio le asigne de conformidad a la legislación vigente.
13. FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE ACCIÓN EN INNOVACIÓN Y
DESARROLLO:
Ámbito donde se agrupan funciones que tienen como misión promover y generar
instancias de apoyo a iniciativas productivas innovadoras o en desarrollo, para
fortalecer, potenciar y diversificar las actividades que aporten al desarrollo local
sostenible; ya sean ejecutadas por la Municipalidad o mediante convenios. Las
funciones enmarcadas en este ámbito son:
13.1. Generar, proponer, coordinar acciones tendientes a la promoción y
fortalecimiento en la Comuna de una cultura de la innovación, a través de la
capacitación, eventos de intercambio, promoción, incorporación de nuevas
tecnologías, cooperación, ferias, giras técnicas, entre otras acciones.
13.2. Promover el desarrollo de aptitudes innovadoras en las empresas y
emprendedores/as de la comuna para mejorar la competitividad y la productividad
de sus actividades económicas.
13.3. Conocer, difundir, analizar las fuentes de financiamiento disponibles en la
red público privada y de la academia para iniciativas de fomento de la innovación y
la competitividad, tanto para usuarios como para la Municipalidad.
13.4. Promover, conocer, difundir estudios de diagnóstico de la vocación
productiva y competitividad del territorio de la Comuna, como orientación para
políticas y estrategias de fomento productivo e inversión.
13.5. Planificar acciones en materia de innovación, desarrollo y fortalecimiento de
la gestión municipal en materia de desarrollo local sostenible, generando
proyectos o iniciativas que puedan presentarse a fuentes de financiamiento.
14. FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE ACCIÓN EN DESARROLLO RURAL
(PRODUCTIVO):
Ámbito donde se agrupan funciones que tienen como misión apoyar las
estrategias públicas y privadas que potencian el desarrollo rural sostenible en la
Comuna, mediantela entrega de asesoría técnica para mejorar producción y/o
para la postulación a fondos de inversión entre otros beneficios. Las funciones
enmarcadas en este ámbito son:
14.1. Generar, promover y difundir estudios, diagnósticos y estrategias de gestión
para el desarrollo sostenible y con identidad local del área rural de la Comuna.
14.2. Articular con organismos públicos – privados acciones preferentes para el
desarrollo de la pequeña agricultura y ganadería, con enfoque integral, innovador
y sostenible para la Comuna.
14.3. Fortalecer las capacidades personales, interpersonales, de asociatividad, y
producción sostenible en el ámbito rural.
14.4. Generar, coordinar y difundir estrategias público–privadas de que potencien
el desarrollo rural sostenible en la Comuna, a través de la entrega de asesoría
técnica y fondos de inversión.
14.5. Ser un facilitador de las demandas y requerimientos de los habitantes de
territorios intervenidos, en especial rurales y aislados, con las demás unidades
Municipales y actores estratégicos de la red de desarrollo local.
14.6. Planificar, diseñar y ejecutar programas y/o proyectos orientados al
desarrollo sostenible del sector agrícola en la comuna, con financiamiento propio o
a través de convenios de colaboración con otros servicios de la red pública del
sector. En especial mediante vinculaciones y convenios con servicios del
Ministerio de Agricultura como INDAP, para ejecución de programas tales como
PRODESAL.
Tiene como Misión colaborar con la Alcaldía y con el Concejo Municipal, desde la
Dirección de Desarrollo Local, en la gestión de políticas, programas y acciones
destinadas a potenciar el desarrollo sostenible del sector de la pesca artesanal en
la Comuna de Natales. Las FUNCIONES son:
1. Coordinar al interior de la Dirección de Desarrollo Local y de la Municipalidad,
los aspectos relacionados con el sector pesca artesanal. También coordinar
acciones con las Corporaciones Municipales existentes, en materias atingentes.
2. Mantener vinculación permanente con red de servicios públicos y
municipalidades, en materias relacionadas con el fomento y desarrollo de la pesca
artesanal, entre otros: la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, SEREMI de
Economía, SEREMI de Salud, INDESPA (Instituto Nacional de Desarrollo
Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura a Pequeña Escala), Servicio
Nacional de Pesca, Gobierno Regional de Magallanes y de La Antártica Chilena,
SERCOTEC, CORFO, CONADI, Armada de Chile, IFOP, SENCE, Delegación
Presidencial Provincial de Última Esperanza, otras Municipalidades.
3. Mantener vinculación con Sector Privado, Academia, así como con los Gremios,
organizaciones sindicales y otras agrupaciones de la Sociedad Civil, vinculados al
quehacer de la pesca artesanal.
4. Mantener catastro actualizado de red de actores públicos, privados y de la
sociedad civil vinculados al sector.
5. Elaborar, gestionar y ejecutar programas, proyectos y convenios que permitan
disponer de recursos para desarrollar un plan de trabajo de apoyo y fomento al
sector de la pesca artesanal, desde la gestión municipal.
6. Promover el desarrollo del sector productivo de la pesca artesanal, y las
competencias y capacidades de los pescadores artesanales, mujeres y hombres
que tengan las diferentes categorías de acuerdo con el REGISTRO PESQUERO
ARTESANAL, acuicultores a pequeña escala, además de sus entornos familiares
y gremiales, a través de acciones de capacitación, asesoría para el acceso a
financiamiento para sus proyectos y en general, a través del apoyo técnico
especializado.
7. Promover la visibilización, valoración y auge del rol de la mujer y la familia, en el
ámbito de la pesca artesanal en la Comuna de Natales.
8. Impulsar acciones que propicien encadenamientos productivos sostenibles que
beneficien al sector de la pesca artesanal y acuicultura a pequeña escala.
9. Promover el rescate y puesta en valor del patrimonio material e inmaterial
vinculado a la actividad productiva de la pesca artesanal y su entorno socio
cultural.
10. Mantener la base de datos actualizada de los usuarios y usuarias, individuales
y grupales atendidos por la Unidad, con sus datos de identificación y los
necesarios para hacer un seguimiento técnico en cada caso, además de generar
estadísticas locales sobre esta materia.
11. Otras funciones que la dirección de DIDEL, la autoridad municipal o la Ley le
asigne en conformidad a la normativa vigente o futura.
Tiene como Misión colaborar con la Alcaldía y con el Concejo Municipal, desde la
Dirección de Desarrollo Local, en la gestión de administrar y ejecutar acciones y/o
programas referentes a las materias de empleo, capacitación, intermediación y
colocación laboral desde la gestión municipal. Las funciones a su cargo son:
1. Gestionar y fomentar el surgimiento de nuevas fuentes de trabajo y/o
alternativas sostenibles de colocación laboral en la comuna.
2. Colaborar en la implementación de los programas o proyectos con fines de
absorción de mano de obra, impulsados o ejecutados por la Municipalidad.
3. Gestionar líneas de acción en el ámbito de la oferta laboral en la Comuna. Entre
otras acciones, crear y mantener vínculos con sector empresarial, en tanto fuentes
de trabajo, presentes en el territorio comunal.
4. Gestionar líneas de acción en el ámbito de la demanda laboral en la Comuna. A
través de la realización de actividades, tales como: registro de cesantes,
vinculación con oferta, ferias de empleabilidad, apresto y orientación socio-laboral
a la comunidad que lo requiera.
5. Mantener un registro de usuarios atendidos, atenciones proporcionadas y
prestaciones otorgadas, para efectos de trazabilidad, seguimiento, estadísticas y
estudios de diagnóstico comunal.
6. Difundir, patrocinar y orientar respecto de los distintos programas de
capacitación destinados a la inserción y diversificación laboral de los habitantes de
la comuna.
7. Promover y mantener una vinculación permanente con red de instituciones del
área social, de empleabilidad, capacitación y materias afines, impulsando alianzas
mediante convenios y acciones colaborativas, de manera especial con el
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a través del Servicio Nacional de
Capacitación y Empleo SENCE, a fin de gestionar y difundir oferta programática,
instrumentos y beneficios sectoriales. (Bolsa Nacional de Empleo BNE, Beneficios
para Trabajadores y/o Empresas, Beneficios Cesantía, etc.)
8. Colaborar en el levantamiento de las demandas de capacitación de los
usuarios/as de la OMIL para la ejecución de programas de capacitación laboral
gestionados por entidades externas al Municipio públicas y/o privadas.
9. Otras funciones que la dirección de DIDEL, la Ley o la autoridad superior le
asigne de conformidad a la legislación vigente.
Nombre: Nadia Cárcamo Almonacid
Cargo: Directora de Transito y Transporte Público
Email: directora.transito@muninatales.cl
Teléfono: 612209502
ARTÍCULO 20° LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
Tiene como misión aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos,
dentro de la Comuna, en la forma que determinen las leyes y las normas técnicas
de carácter general que dicte el ministerio respectivo. Las funciones a su cargo
son:
1. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de tránsito y
transporte público en la comuna.
2. Estudiar y proponer medidas de regularización y mejoramiento de los sistemas
de tránsito en la Comuna.
3. Coordinar la Comisión de Tránsito cuyos miembros son nombrados por el
Alcalde con el fin de estudiar, asesorar y determinar normas sobre el tránsito
público en la Comuna.
4. Gestionar y proponer alternativas de solución a los problemas viales a fin de
mantener un expedito y seguro tránsito, tanto vehicular como peatonal en la
Comuna y de transporte público, proponiendo oportunamente las mejoras que se
deban llevar a cabo.
5. Aprobar, observar o rechazar los informes de mitigación de impacto vial o emitir
opinión sobre ellos conforme lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y
Construcción.
6. Colaborar con la Dirección de Planificación en la elaboración de bases y
especificaciones para contratar servicios de mantención de señalización de
tránsito y controlar su cumplimiento.
7. Gestionar la presentación de anteproyectos de diseño viales tendientes a
solucionar problemas de tránsito en la Comuna.
8. Gestionar la presentación de los informes a la autoridad correspondiente,
relacionados con la locomoción colectiva para autorizar recorridos, terminales y
otros.
9. Gestionar cuando proceda estudios referentes sobre aquellas actividades que
puedan afectar la circulación vehicular o peatonal.
10. Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los
organismos de la administración del Estado competentes.
11. Proponer la adecuada señalización de las vías públicas.
12. Efectuar el giro de los derechos municipales relativos a los permisos y
servicios que otorga.
13. Solicitar, aprobar o rechazar los traslados de Registro Comunal de Permisos
de Circulación.
14. Mantener un sistema de medición y monitoreo del nivel de satisfacción de los
servicios que entrega la Dirección de Tránsito a fin de validar las buenas prácticas
e identificar oportunidades de mejora en la gestión de la Unidad.
15. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección.
DEPARTAMENTO PSICOTÉCNICO Y DE LICENCIAS DE CONDUCIR:
Tiene como misión administrar el proceso de otorgamiento y mantención de las
licencias de conducir en la Comuna. Las funciones a su cargo son:
1. Otorgar, renovar, ampliar, efectuar canjes, duplicados y cambio de domicilios de
las licencias de conducir vehículos de acuerdo a la normativa vigente.
2. Solicitar certificado de antecedentes al Registro Nacional de Conductores.
3. Efectuar los exámenes correspondientes para otorgar las licencias de conducir
o para otros fines, a través de su Gabinete Psicotécnico.
4. Coordinar la realización del examen práctico para otorgar la licencia de conducir
a través de personal competente y designado para tales fines.
5. Registrar y sistematizar las licencias de conducir otorgadas y denegadas e
informar los resultados periódicamente al Ministerio de Transporte, Registro Civil,
Instituto Nacional de Estadística, Policía de Investigaciones y otro organismo que
lo solicite conforme la ley.
4. Informar al Registro Nacional de Conductores las licencias profesionales
otorgadas o denegadas y los controles efectuados a los conductores.
5. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a la
legislación vigente.
Tiene como misión mantener el buen estado de la señalética, demarcación de
calles, seguridad vial y luminarias. Las FUNCIONES a su cargo son:
1. Revisar y mantener toda la señalética de tránsito y luminarias de la ciudad.
2. Mantener actualizado el catastro de señaléticas urbanas, periurbanas y rurales;
y luminarias de la comuna.
3. Tramitar los permisos por ocupación de calzada.
4. Realizar el estudio de detección de sectores que deben ser señalizados en
cuanto a signos, semáforos, demarcaciones de pavimentos y otras necesidades
relacionadas con técnicas viales.
5. Planificar y controlar programas de mantención de dispositivos de señalización
de tránsito.
6. Gestionar la elaboración e instalación, por sí o por terceros, de señales y
señaléticas de tránsito que se requieran.
7. Estudiar e informar cuando corresponda los estacionamientos, terminales y
otros que puedan afectar la circulación vehicular o peatonal.
8. Actuar como Inspector técnico o supervisor del servicio de concesión de
estacionamiento de la ciudad.
9. Realizar o gestionar la realización de estudios e informes sobre el sentido de
circulación de tránsito
10. Colaborar con la Dirección de Planificación en la elaboración de bases y
especificaciones para contratar servicios de mantención de señalización de
tránsito y controlar su cumplimiento.
11. Cotizar los materiales de señalética y luminarias de recambio, para
mantención de la ciudad.
12. Pronunciarse por SEIM (Sistema de evaluación de impacto en la movilidad)
Teléfono: 930652365
ARTÍCULO 21° LA DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE, ASEO Y ORNATO
Tiene como misión potenciar y desarrollar la gestión ambiental a nivel comunal
promoviendo la sostenibilidad en sus acciones y lineamientos a través de la
Estrategia Ambiental Comunal. Además, procurará el desarrollo de: una gestión
integral de los residuos sólidos domiciliarios, el aseo y ornato de los espacios
públicos y áreas verdes de la comuna. Las funciones a su cargo son:
1. Asesorar al Alcalde(sa) y concejo municipal en acciones, planes y programas a
que potencien la gestión ambiental de la comuna.
2. Aplicar y fiscalizar las normas ambientales vigentes que sean de su
competencia en la Comuna.
3. Contribuir en la elaboración y actualización de la normativa ambiental local.
4. Establecer canales de comunicación adecuados con la comunidad para difundir
actividades ambientales y acoger sus requerimientos en conformidad a la
normativa legal vigente.
5. Realizar diagnósticos permanentes de los problemas ambientales con
propuestas de mitigación y/o acciones correctivas.
6. Apoyar la implementación de certificaciones ambientales impartidas por el
Ministerio del Medio Ambiente u otro organismo del Estado.
7. Desarrollar las líneas de la Estrategia Ambiental Comunal de acuerdo a al
Sistema Certificación Ambiental Municipal (SCAM), del Ministerio del Medio
Ambiente y su actualización.
8. Promover la educación ambiental en los diversos ámbitos de la comuna, tanto
en establecimientos educacionales como con organizaciones territoriales y/o
funcionales según corresponda.
9. Promover acciones que contribuyan a la tenencia responsable de mascotas en
la Comuna.
10. Potenciar la gestión ambiental interna de la Municipalidad.
11. Gestionar alianzas y/o convenios con entidades público-privadas para
fortalecer la gestión ambiental comunal.
12. Asesorar a organismos público-privados de la comuna en el desarrollo de su
gestión ambiental y proyectos a fines.
13. Elaborar y/o implementar proyectos que favorezcan el desarrollo de la gestión
ambiental comunal.
14. Evaluar y elaborar pronunciamientos técnicos frente a proyectos y/o iniciativas
de impacto ambiental en la Comuna.
15. Velar por el aseo de las vías públicas, parques, plazas, plazoletas, en general
de los bienes nacionales existentes en la comuna.
16. Ser unidad técnica de: los contratos de áreas verdes, del sistema de
recolección de residuos sólidos domiciliarios (cuando corresponda), de los centros
de disposición final de residuos sólidos domiciliarios, de los centros de gestión de
reciclables y otras materias de su competencia.
17. Registrar y sistematizar el avance de la gestión de Medio Ambiente, Aseo y
Ornato de la Comuna e informar los resultados periódicamente al Alcalde(sa).
18. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Tiene como misión coordinar la labor administrativa de funcionamiento de la
gestión diaria que desarrolla la Dirección.
Email: dimao.fvigar@muninatales.cl
Teléfono: 930652365
Dirección: Dirección de medio ambiente aseo y ornato
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE:
Tiene como misión desarrollar estrategias y/o proyectos para reducir el impacto
ambiental derivado de la actividad humana, basadas en un enfoque integral y
preventivo velando en todo momento por la sostenibilidad ambiental.
FUNCIONES:
1. Apoyar y asesorar la implementación de certificaciones ambientales impartidas
por el Ministerio del Medio Ambiente u otro organismo del Estado.
2. Elaborar y dar seguimiento a la ESTRATEGIA AMBIENTAL COMUNAL de
acuerdo con el SISTEMA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL (SCAM), del
Ministerio de Medio Ambiente.
3. Desarrollar un plan de educación ambiental que considere tanto a los
establecimientos educacionales y diversas organizaciones del territorio.
4. Incorporar la dimensión ambiental en la gestión interna municipal a través de la
coordinación y asesoría de las unidades municipales dando cumplimiento a los
objetivos del SCAM.
5. Proponer la generación de normas locales atingentes en la gestión ambiental
que permitan entregar lineamientos ya sea en la actualización y/o generación de
nuevas ordenanzas que contribuyan a la preservación y cuidado del medio
ambiente.
6. Realizar diagnósticos de la situación medioambiental de la comuna y proponer
su optimización a través de planes y programas para el cuidado, prevención y
control.
7. Elaborar pronunciamientos técnicos de competencia municipal que ingresan al
Sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA).
8. Participar en la elaboración de instrumentos de planificación territorial y
regulación urbana (PLADECO, PLAN REGULADOR, ZONIFICACIÓN BORDE
COSTERO, entre otros).
9. Trabajar en conjunto con los entes fiscalizadores del municipio en materia
ambiental según corresponda.
10. Apoyar y gestionar alianzas y/o convenios con entidades público-privadas para
fortalecer la gestión ambiental comunal.
11. Coordinación con la Oficina de TRM y zoonosis.
12. Asesorar al Alcalde(sa) y posicionar al municipio en diversas materias
vinculadas con la temática ambiental, en el ámbito regional y local
13. Elaborar y proponer iniciativas y/o proyectos que ayuden a la reducción y
minimización sobre la generación de residuos en la comuna en concordancia a las
normativas sobre valorización y minimización (ley REP, ENRO) y otras según
corresponda.
14. Fomentar iniciativas de economía circular en la comuna.
15. Proponer y gestionar planes de gestión de residuos inorgánicos y orgánicos
(centro de compostaje) en la comuna.
16. Planificar y coordinar en conjunto con las demás unidades municipales la
realización de la campaña de retiro de voluminosos (campaña chatarra).
17. Desarrollar un plan de gestión sobre la segregación en origen, instalación de
puntos verdes, estaciones de transferencia (entre otros) y su gestión para la
posterior valorización procurando los medios y recursos que sean posible para
ello.
18. Coordinar el retiro velar por el correcto uso y mantención de los contenedores
soterrados de reciclaje, puntos verdes y similares destinados para separar los
residuos y gestionar el pretratamiento y gestión de su reciclaje.
19. Sistematizar los registros sobre generación de residuos en la disposición final
(vertedero) como las cifras de valorización a través del reciclaje y compostaje que
se generan en la comuna.
20. Supervisar y coordinar el cobro de derechos de ingreso al Vertedero Municipal
y gestionar la habilitación y coordinación de los sistemas de cobranza por
diferentes medios.
21. Realizar declaración anual en el Sistema Nacional de Declaración de Residuos
(SINADER).
22. Desarrollar y coordinar actividades según el calendario ambiental anual en
conjunto con los establecimientos educacionales y organizaciones territoriales de
la comuna.
23. Generar instancias de capacitación en la comunidad con temáticas de
sensibilización y cuidado ambiental de la comuna.
24. Coordinar el comité ambiental comunal, comité ambiental municipal y diversas
mesas de trabajo según objetivos del SCAM.
25. Formular y ejecutar iniciativas que promuevan y valoren la biodiversidad y su
riqueza e importancia ambiental.
26. Coordinar actividades de sensibilización con la comunidad.
27. Coordinar y dar seguimiento los compromisos indicados en la Estrategia
energética local y su actualización.
28. Generar instancias de capacitación e implementación el uso de las ERNC
tanto al interior del municipio como con la comunidad
29. Elaborar y coordinar la cuantificación de la huella de carbono municipal de
manera progresiva y en cuanto existan los recursos para ello.
30. Elaborar perfiles de iniciativas de ERNC y búsqueda de financiamiento con la
Agencia de Sostenibilidad Energética o según corresponda
31. Coordinar y generar alianzas de cooperación para la elaboración el Plan de
Acción de Cambio Climático Local, según directrices del Ministerio del Medio
Ambiente
32. Ejecutar y coordinar el plan de acción climático comunal
33. Promover y desarrollar acciones que contribuyan a la tenencia responsable de
mascotas en la Comuna.
34. Gestionar, aprobar y promover la inscripción de mascotas en el registro
nacional de mascotas.
35. Implementar y actualizar la ordenanza sobre tenencia responsable comunal.
36. Realizar charlas educativas sobre la tenencia responsable y sobre
enfermedades zoonóticas (hidatidosis), alcances de la normativa general vigente
en juntas vecinales, establecimientos educacionales, jardines infantiles, sala cuna
y otras instituciones.
37. Realizar jornadas de desparasitación, esterilización canina y felina, control
sano de mascotas en la comuna cuando corresponda.
38. Realizar jornadas de implantación de microchip de identificación
39. Trabajar y apoyar la fiscalización del Departamento de inspección en materia
de tenencia responsable de mascotas.
40. Formular perfiles de proyectos y presentarlos para su financiamiento relativos
a esterilizaciones, educación sobre tenencia responsable de mascotas, vacunas
entre otros según corresponda.
41. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
1. Coordinar y programar los retiros diferenciados de RESTOS DE PODA Y
PASTOS de la ciudad según requerimiento.
2. Velar por la SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES en el lugar de trabajo y el
uso correcto de los Elementos de Protección Personal (EPP).
3. Coordinar la LIMPIEZA Y ERRADICACIÓN DE MICROBASURALES,
escombros y todo tipo de basuras en la vía pública.
4. Velar por el mantenimiento y aseo de áreas verdes, plazas, plazoletas de los
edificios Municipales.
5. Coordinar en conjunto con la sección de Gestión de Integral de Residuos del
centro de acopio de inorgánicos y en planta de compostaje cuando se implemente.
6. Coordinar la planificación para la limpieza de ZARPA Y SOLERA.
7. Proponer y dar cumplimiento al PLAN DE BARRIDO DE CALZADAS Y
ACERAS de la ciudad.
8. Velar por la LIMPIEZA DE LOS RECEPTÁCULOS DE RESIDUOS EN LA VÍA
PÚBLICA distribuidos en la ciudad.
9. Velar por el ASEO DE LAS VÍAS PÚBLICAS, PARADEROS DE LOCOMOCIÓN
COLECTIVA, ACERAS PÚBLICAS, PARQUES, PLAZAS Y PLAZOLETAS, en
general, de los BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO existentes en la
comuna.
FUNCIONES EN MATERIA DE RECICLAJE:
Coordinar y prestar apoyo logístico para la gestión de reciclables, retiro en puntos
verdes y su mantención en conjunto con la sección de gestión integral de residuos.
FUNCIONES EN MATERIA DE RECOLECCIÓN RESIDUOS DOMICILIARIOS:
1. Velar por el eficiente servicio de recolección y disposición final de los residuos
domiciliarios y asimilables a domiciliarios determinados por el municipio.
2. Coordinar calendarios y horarios de turnos camiones recolectores de RSD, de
auxiliares y choferes de camiones cuando corresponda.
3. Velar por el uso adecuado y correcto mantenimiento de los camiones
municipales de RSD.
4. Ser unidad técnica en el evento de la concesión de este servicio
FUNCIONES EN MATERIA DE ÁREAS VERDES Y PAISAJISMO:
1. Conservar las áreas verdes y la ornamentación comunal mediante un programa
de mantención anual.
2. Estudiar y proponer proyectos de arborización de áreas verdes de la comuna en
conjunto con otras unidades municipales.
3. Desarrollar un programa anual de poda, reforestación y control fitosanitario en
las áreas verdes y arbolado urbano.
4. Gestionar y promover el cuidado arbolado urbano de la ciudad con un programa
de educación y difusión a la comunidad.
5. Llevar un catastro actualizado de las áreas verdes públicas de la comuna y su
estado de conservación.
6. Administrar y mantener el vivero municipal
7. Ser unidad técnica en el evento de concesión a terceros de este servicio.
8. Proponer iniciativas o proyectos que permitan levantar un catastro actualizado
sobre el arbolado urbano y evaluar su estado fitosanitario.
9. Velar por el corte de pasto, perfilamiento en las áreas verdes públicas plazas,
plazoletas y coordinar el retiro de pasto de éstas.
10. Proponer lineamientos para colaborar con el Departamento de Medioambiente
en creación de ordenanzas que velen por la protección y cuidado del arbolado
urbano y áreas verdes públicas.
FUNCIONES EN MATERIA DE VERTEDERO:
1. Administrar y controlar el ingreso y egreso de usuarios y residuos en el
Vertedero municipal.
2. Coordinar y gestionar la correcta mantención de la dependencia municipal
coordinando el abastecimiento de los servicios básicos como, por ejemplo, gas,
leña, camión aljibe con agua potable, entre otros.
3. Implementar sistema de vigilancia y comunicación efectiva con las demás
unidades municipales.
4. Velar por el correcto estado de los caminos internos de las dependencias del
vertedero municipal
5. Planificar y supervisar las actividades a realizar en la disposición de los residuos
sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos.
6. Coordinar y supervisar un adecuado frente de trabajo para la descarga de los
residuos.
7. Supervisar el buen uso de la maquinaria pesada, consumo de combustible,
lubricantes y otros según corresponda.
8. Llevar el registro diario del plan de avance y construcción de celdas del relleno
sanitario y depósito de RSD.
9. Ser unidad técnica en el evento de concesión a terceros de esta unidad
10. Gestionar la capacitación constante del personal en vertedero antes de iniciar
cualquier nueva actividad y controlar que estas se desarrollen correctamente.
11. Dar cumplimiento y Actualizar cuando corresponda al Plan de Manejo del
Vertedero Municipal.
12. Velar el buen manejo del Vertedero Municipal, desde el ingreso de los residuos
al centro hasta su salida de las instalaciones.
13. Ser unidad técnica y velar por el cumplimiento de la normativa ambiental y
según plan de operaciones estipulado según contrato en la eventual concesión a
terceros del relleno sanitario.
1. Controlar el uso correcto de la tarjeta de carga de combustible.
2. Retirar y custodiar vehículos solicitados de la vía pública.
3. Proponer ejecutar las reparaciones de los sistemas eléctricos del Municipio,
según la planificación de mantención.
4. Revisar y controlar periódicamente los elementos de protección personal
necesarios para la seguridad industrial de la maestranza Municipal, además del
adecuado uso de éstos.
5. Realizar esparcimiento de sal y gestionar los pedidos de sal conforme al plan de
trabajo, para actuar en las temporadas en que las condiciones climáticas lo
ameriten.
6. Realizar mantención y mejoramiento de calles dentro del radio urbano y rural.
7. En caso de emergencia comunal, colaborar con sus recursos humanos y
materiales.
8. Realizar el abastecimiento de combustible para la municipalidad y para la
localidad de Puerto Edén.
9. Realizar el reparto de agua potable a los sectores periurbanos.
10. Realizar el mantenimiento correctivo de la flota vehicular municipal.
11. Confección de estructuras metálicas para reposición de vallas, pasamanos
peatonales, según requerimiento.
12. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
1. Administrar la flota de vehículos municipales y su óptimo funcionamiento.
2. Mantener actualizado el catastro de vehículos municipales y de uso municipal,
elaborando una ficha de mantención y consumo de combustibles, lubricantes y
repuestos por cada uno, y revisión de bitácoras.
3. Capacitar al personal sobre el llenado BITÁCORA DE LOS VEHÍCULOS.
4. Mantener al día los permisos de circulación, las revisiones técnicas, seguros y
padrones de los vehículos de la flota municipal.
5. Ejecutar trabajos de mantención y reparación de gasfitería, carpintería y pintura,
conforme a las peticiones generadas para cubrir las necesidades existentes dentro
de la comunidad.
6. Efectuar las reparaciones menores y mantención a los inmuebles municipales.
7. Administrar y distribuir el personal auxiliar de choferes y de aseo de la
Municipalidad.
8. Decretar las salidas de los vehículos municipales.
9. Realizar el armado y desarme de escenarios y diversas estructuras según lo
requieran las diversas unidades municipales.
10. Apoyar las actividades en terreno con vehículos y personal según se requiera
de las actividades municipales.
11. Instalación de infraestructura liviana en actividades masivas y de carácter
cívico (armado de escenarios, urnas, rampas entre otras).
12. Apoyo con las demás unidades municipales para la remoción de escombros de
viviendas siniestradas por incendio y/o de otra índole.
13. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne de conformidad a
la legislación vigente.
Nombre: Paula Alvarez Calisto
Cargo: Jueza del Juzgado de Policia Local
Email: jpl@muninatales.cl
Teléfono: 612209533
ARTÍCULO 22° EL JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
Es un tribunal especial que depende administrativamente de la Municipalidad y
cuyo superior jerárquico y de supervigilancia es la Corte de Apelaciones
respectiva.
La misión del Juzgado de Policía Local es administrar justicia en las materias de
su competencia. Su constitución y funcionamiento se encuentra normado en la Ley
N°15.231 y en la Ley N° 18.287, que establece el procedimiento ante los Juzgados
de Policía Local. Las materias de competencia del Juzgado de Policía Local son
las siguientes:
1. De las infracciones de los presentes que reglamentan el transporte por calles y
caminos y el tránsito público, como la Ley N° 18.290, No 15.231, No 18.287 y
numerosas normas y decretos del Ministerio de Transporte.
2. Regulación de daños y perjuicios ocasionados en o con motivo de accidentes
de tránsito cualquiera que sea su monto.
3. De las infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales.
4. Infracciones al D.F.L. N° 458 del Ministerio de Vivienda, sobre Ley General de
Urbanismo y Construcciones (D.O. 13.04.76).
5. Infracciones al D.S. No 47 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
6. Infracciones al D.L. N° 3.063, sobre Rentas Municipales.
7. Infracciones a la LEY N° 19.496 y decretos reglamentarios, sobre protección a
los derechos de los consumidores.
8. Infracciones a la LEY N° 19.537 (D.O. 16.12.97), sobre copropiedad
inmobiliaria.
9. Infracciones a la LEY N° 18.700 (D.O. 06.05.88), Ley Orgánica Constitucional
sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
10. Infracciones a la LEY N° 19.419 (D.O. 09.10.95), sobre tabaco y cigarrillos.
11. Infracciones al D.L. No 701 (D.O. 28.10.74) modificado por D.L. No 2.565
(D.O. 03.04.96), sobre Fomento Forestal.
12. Infracciones al D.S. No 4.363, publicado en el Diario Oficial del 30.06.31, sobre
Ley de Bosques.
13. Infracciones a la LEY No 18.348 (D.O. 10.10.84), que crea la Corporación
Nacional Forestal y la Protección de Recursos Naturales Renovables.
14. Infracciones a la LEY No 18.362 (D.O. 27.12.84), que crea un Sistema
Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.
15. Infracciones a la LEY N° 18.119 (D.O. 19.05.82), sobre conexiones o
empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado.
16. Infracciones a la LEY N° 19.303 (D.O. 31.04.94), sobre vigilantes privados.
17. Infracciones a la LEY 19.284 (D.O. 14.01.94), sobre discriminación de
discapacitados.
18. Infracciones a la LEY 19.040 (D.O. 25.01.91), sobre buses contaminantes y
Decreto No 116 del Ministerio de Transportes de 1992 (D.O. 26.06.92).
19. Infracciones a la LEY No 18.892, sólo en lo que se refiere a pesca deportiva.
20. Infracciones a la LEY N° 13.937, sobre letreros indicativos de nombres de
calles.
21. Infracciones a la LEY No 16.319 que crea la Comisión de Energía Nuclear.
22. Infracciones al ARTÍCULO 2 del DECRETO SUPREMO No 158 de 1980 y al
DECRETO SUPREMO No200 de 1993, ambos del Ministerio de Obras Públicas,
sobre mantención de pavimentos y pesajes de camiones, publicadas en el D.O.
26.07.93.
23. Infracciones a la LEY No19.846 (D.O. 04.01.03), sobre calificación
cinematográfica.
24. Decreto con Fuerza de LEY No216, del 15 de mayo de 1931, sobre registro de
empadronamiento vecinal.
25. Infracciones a las leyes sobre pavimentación.
26. Infracciones sobre VAGANCIA Y MENDICIDAD a que se refiere el párrafo 13
del Título VI del Libro 2 del CÓDIGO PENAL, salvo lo prescrito de la letra d) del
número 2 del Artículo 45 del Código Orgánico de Tribunales, respecto de estos
delitos que se comentan en la ciudad en que tenga su asiento el tribunal.
27. Infracciones a los ARTÍCULOS 113 Y 117 de la LEY No 19.814 (D.O.
15.07.02), sobre consumo de alcohol en la vía pública y manifiesto estado de
ebriedad.
28. Infracciones a la LEY No19.925 (D.O. 19.01.04), sobre expendio y consumo de
bebidas alcohólicas.
29. Infracciones a LA LEY No7.889, sobre ventas de boletos de la Lotería y Polla
de Beneficencia.
30. Infracciones a la LEY No5.172, sobre espectáculos públicos, diversiones y
carreras.
31. Infracciones a la LEY No4.023 sobre guía de libre tránsito.
32. Conocer de las CAUSAS CIVILES y de los juicios relativos al contrato de
arrendamiento cuya cuantía, no exceda lo estipulado por la ley.
33. Infracciones a la LEY No4.061 (D.O. 28.06.29) sobre caza, modificado D.L. No
2.319 (D.O. 04.09.78).
34. Infracciones al D.L. No539 (D.O. 28.06.74) que establece normas sobre
reajustabilidad y pago de dividendos de deudas habitacionales, modifica LEY No
17.663.
35. Infracciones al D.F.L. N°1 (D.O. 12.02.79) deroga DECRETO LEY No 20 de
1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica sobre combustible.
36. Infracciones al DECRETO No132 (D.O. 10.11.79), sobre las normas técnicas y
de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los
combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.
37. Infracciones al D.L. No2.974 (D.O. 19.12.79), que establece normas sobre
crédito que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda
agraria.
38. Infracciones al D.L. No3.516 (D.O. 13.12.80), normas sobre división de predios
rústicos.
39. Infracciones al D.S. No226 (D.O. 09.02.83), sobre requisitos de seguridad para
instalaciones y locales de almacenamiento de combustibles.
40. Infracciones al D.F.L. No5 que fija el texto refundido coordinado y
sistematizado del D.F.L. No 34 DE 1931, que legisla sobre la industria pesquera y
sus derivados.
41. Infracciones a la LEY No18.278 (D.O. 12.01.84), que modifica el D.L. No
206/60 sobre Ley de Caminos.
42. Infracciones a la LEY No18.450 (D.O. 30.10.85), sobre normas para el
Fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.
43. Infracciones a la LEY No18.735 modificada por la Ley No 18.118, que regula
las actividades de los Martilleros Públicos.
44. Infracciones a la LEY No18.690 sobre almacenes generales de depósito.
45. Infracciones a la LEY No19.779 que da competencia a los Juzgados de Policía
Local, para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.
46. Infracciones a la LEY No19.552 (D.O. 16.02.98), sobre cobrador automático de
buses.
47. Infracciones a la LEY No19.680 (D.O. 25.05.00), sobre fuegos artificiales.
48. Infracciones a la LEY No19.501 (D.O. 15.05.97) que introduce modificaciones
a la Ley No 19.450, sobre hurtos (faltas) a supermercados.
49. Infracciones al D.F.L. No216 DEL 15.05.1931, sobre salvoconductos en
mudanzas, modificado por la Ley No 19.866 (D.O. 11.04.03).
50. Infracciones a la LEY No20.379 (D.O. 12.09.09), que regula la entrega de
información falsa durante el proceso para la aplicación de instrumentos de
caracterización socioeconómica.
51. Infracciones al D.F.L. No5.291 (D.O. 19.05.30), sobre la educación primaria
obligatoria.
52. Infracciones a la LEY N°21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y
animales de compañía.
53. Infracciones a la LEY N°21.100 que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de
comercio en todo el territorio nacional.
54. Infracciones a la LEY N°21.155 que establece medidas de protección a la
lactancia materna y su ejercicio.
55. Todas aquellas que se le encomienden por Ley.
1. Administrar el tribunal y tiene a su cargo todas las labores encomendadas por
ley al Secretario(a) del Juzgado de Policía Local, subroga al Juez/a titular y es el
ministro de fe del tribunal por ejemplo autoriza todas las resoluciones.
2. Tener a su cargo la dirección administrativa de funcionarias/os del tribunal,
cuando el Juez/a no se encuentra en el tribunal.
3. Firmar resoluciones de mero trámite y tomar decisiones dentro del ámbito de
sus competencias.
4. Mantener la custodia legal de todos los expedientes y documentos como, por
ejemplo, las licencias de conducir.
5. Supervisar que todas las instrucciones dadas por el superior directo el Juez/a
titular o quien le subrogue sean ejecutadas.
6. Llevar los libros que por ley deben registrarse como el libro de ingreso de
causas, el registro de sentencias, el libro de retiro de licencias de conducir, etc.
7. Ejecutar todas las instrucciones que imparte el Juez(a).
1. Recibir y despachar toda la correspondencia y solicitudes efectuadas al tribunal
y llevando registro de ello.
2. Prestar la atención presencial a los usuarios del J.P.L.
3. Administrar el correo electrónico contactojpl@muninatales.cl en el que se recibe
electrónicamente todas las solicitudes efectuadas al Tribunal.
4. Estar a cargo de la atención telefónica y vía whatsapp de los usuarios del J.P.L.
5. Efectuar labores de fotocopiado, escaneo de expedientes y documentación.
6. Ejecutar todas las instrucciones que imparte el Juez o quien le subrogue y el
Secretario(a) del Tribunal.
1. Estar a cargo de la tramitación del procedimiento de las causas que son de
competencia de los J.P.L. desde su ingreso al tribunal hasta su término bajo la
supervisión directa del secretario/a del Tribunal y del Juez/a.
2. Recepcionar las declaraciones y audiencias, sean estas presenciales o por vía
telemática, redactando las actas de cada una de ellas.
3. Notificar las resoluciones dictadas por correo electrónico.
4. Confeccionar oficios que se ordene despachar a diversas instituciones y
organismos públicos o privados.
5. Obtener los certificados del Sistema de Registro Civil.
6. Ejecutar todas las instrucciones que imparte el Juez/a o el Secretario/a del
tribunal.
1. Confeccionar y remitir todos los informes que se deben realizar por ley a la
Corte de Apelaciones de Punta Arenas, INE, Registro Civil, etc.
2. Efectuar la tramitación del cumplimiento de las sentencias una vez firmes y
ejecutoriadas hasta su archivo.
3. Registrar los Archivos del tribunal, tramita los pagos y órdenes de reclusión.
4. Ejecutar todas las instrucciones que imparte el (la) Juez (a) o el Secretario (a)
del Tribunal.
Jorge Ruiz Aguila
Alejandro Cárdenas Aro
Ricardo Urtubia Tapia
Jose Cuyul Rogel
Alfredo Alderete Flores
Luz Levicoy Hernandez
ARTÍCULO 9° EL CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo es un organismo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador,
encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las
atribuciones que señala la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Está integrado por SEIS CONCEJALES(AS), elegidos en votación directa, en
conformidad a la Ley.
Es presidido por el Alcalde(sa), y en su ausencia por el Concejal presente, que
haya tenido individualmente, mayor votación ciudadana en la elección respectiva,
según lo establecido por los tribunales electorales regionales.
El Secretario(a) Municipal, o quien lo subrogue, desempeñará las funciones de
Secretario del Concejo Municipal.
El Concejo, determinará las normas necesarias para su funcionamiento interno,
mediante su propio reglamento, que debe ser publicado en la página web del
municipio.
ATRIBUCIONES:
a) Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y
la ejecución del presupuesto municipal.
b) Fiscalizar las actuaciones y la gestión del Alcalde(sa), especialmente para
verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y
acuerdos adoptados por el Concejo, en el ejercicio de sus facultades propias, y
formularle las observaciones que le merezcan.
c) Elegir al Alcalde(sa) en caso de vacancia, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley
Orgánica Constitucional de Municipalidades.
d) Pronunciarse sobre la Adquisición, enajenación, gravamen o arrendamiento por
un plazo superior a cuatro años o traspaso a cualquier título, título, del dominio o
mera tenencia de los bienes inmuebles municipales o donación de los bienes
muebles de la entidad edilicia.
e) Pronunciarse sobre el otorgamiento de subvenciones y aportes para financiar
actividades comprendidas entre las funciones de las municipalidades, a personas
jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, y ponerles término. La
referida entrega de fondos procederá sólo en la medida que éstos se destinen a
las funciones municipales y que el receptor sea una persona jurídica sin fines de
lucro que colabore en el cumplimiento de aquellas. La Entidad edilicia debe
evaluar las peticiones que le formulen los interesados y decidir si las confiere o no,
que deberá materializarse en un acto fundado.
f) Pronunciarse sobre la celebración de convenios y contratos que involucren
montos iguales o superiores a 500 UTM. (Cuando el total de los derechos o
prestaciones es superior a 100 UTM, corresponderá licitación pública. Excepto, si
el monto es inferior a 100 UTM o concurran imprevistos urgentes u otras
circunstancias debidamente calificadas por el concejo se podrá llamar a propuesta
privada o si no se presentaren interesados se podrá proceder mediante la
contratación directa)
g) Pronunciarse sobre el otorgamiento de concesiones municipales, renovarlas y
ponerles término y requerir a la autoridad edilicia, todos los antecedentes que le
permitan ponderar adecuadamente los diversos aspectos de la concesión, a fin de
pronunciarse de manera informada.
h) Otorgar, renovar, caducar y todas las patentes de alcoholes y fijar el horario de
funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas
existentes en la comuna. El Alcalde(sa) y el Concejo deberán ponderar las
consideraciones relativas a la seguridad pública, molestias vecinales u otras de
similar naturaleza en que pueda fundarse su negativa en relación con la patente
de alcoholes. La referida atribución, para fijar horarios, debe ser ejercida por el
alcalde con el acuerdo fundado del concejo y debe materializarse a través de una
ordenanza.
i) Las demás, señaladas en el artículo 71 y siguientes, de la Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades
j) Dar cumplimiento a las normas contenidas en el Reglamento de Concejo.